El Tribunal Supremo da los primeros pasos para procesar a Francesc Homs por la consulta del 9N

Ahora deben ser la Fiscalía y las partes los que pidan la apertura de juicio contra el diputado del PDEcat

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Bolsamania | 29 dic, 2016

Actualizado : 12:29

El Tribunal Supremo ha puesto fin a la instrucción de la causa en la que investiga al actual diputado y exconseller de Presidencia de la Generalitat de Cataluña Francesc Homs en relación con la consulta del 9-N, en la que se le imputan delitos de prevaricación y desobediencia al entender que actuó de forma "arbitraria" y contraria a derecho al desobedecer la suspensión del Tribunal Constitucional.

Después de que el Congreso aprobase recientemente su suplicatorio, el juez instructor Andrés Palomo ha decidido dictar auto de procedimiento abreviado contra él, atribuyéndole de forma indiciaria delitos de prevaricación y desobediencia, informa Europa Press.

Así, ha trasladado las diligencias previas en procedimiento abreviado a un auto de 33 folios donde apunta que la participación en los hechos de Homs "indiciariamente y con la calificación provisional que merece esta fase de la investigación, son constitutivos de delitos de desobediencia y prevaricación administrativa".

Deben ser la Fiscalía y las partes los que pidan la apertura de juicio

"No suspendió ninguna de las actuaciones ni actos que se desarrollaban para la celebración de dicha consulta ni siquiera los que dependía directamente del Departament de la Presidencia, del que era titular, a pesar de ser consciente de la suspensión acordada por el Tribunal Constitucional y la consecuente inviabilidad de su celebración", apunta el magistrado que da un plazo de diez días a la Fiscalía para que solicite la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación o bien el sobreseimiento de las actuaciones.

Ahora deben ser la Fiscalía y las partes los que pidan la apertura de juicio contra el diputado del PDC y exconseller de presidencia de la Generalitat de Catalunya.

MAS, ORTEGA Y RIGAU SERÁN JUZGADOS EN FEBRERO

La sala civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) juzgará al expresidente de la Generalitat Artur Mas, a la exvicepresidenta Joana Ortega y a la exconsellera Irene Rigau del 6 al 10 de febrero por la consulta del 9N sobre la independencia de Catalunya, según informa Europa Press.

La fecha ha sido fijada por el Letrado de la Administración de Justicia de la Sala Civil y Penal, de acuerdo con los señalamientos de la sala, y además acuerda aplicar el artículo 199.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para cubrir la vacante en el tribunal que deberá celebrar el juicio.

El juicio contra Mas, Ortega y Rigau se celebrará por los supuestos delitos de desobediencia y prevaricación de los que le acusa la Fiscalía, que podrían implicar una condena de inhabilitación, al descartar el TSJC la intención de la acusación popular, y a la que se opuso también la Fiscalía, de citarlos por malversación de fondos, lo que sí podría haber supuesto una pena de cárcel.

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