El TC contempla una sentencia para que los toros vuelvan a Cataluña

Estima que el Parlament se extralimitó cuando prohibió las corridas en toda la comunidad

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Bolsamania | 04 oct, 2016

El Tribunal Constitucional (TC) tiene en el orden del día del pleno de esta semana, que se celebrará este martes, miércoles y jueves, abordar el recurso sobre la prohibición de las corridas de toros en Cataluña que presentó el PP en octubre de 2010.

A juicio de los populares, la prohibición de las corridas vulnera hasta nueve artículos de la Constitución en total, y según han informado a Europa Press fuentes judiciales, existe un proyecto de sentencia que estima que el Parlament se extralimitó cuando prohibió las corridas en toda la comunidad porque al hacerlo ejerció unas competencias que no le correspondían.

El proyecto de sentencia del TC estima que el Parlament se extralimitó cuando prohibió las corridas en toda Catalunya

El recurso de inconstitucionalidad fue interpuesto el 28 de octubre de 2010 por el grupo parlamentario del PP en el Senado contra la Ley del Parlament 28/2010, que modificó la Ley de Protección de Animales para prohibir las corridas de toros en Cataluña.

El recurso detalla que los artículos de la Constitución que vulnera la resolución del Parlement son: el 20, que recoge la libertad de creación artística; el 27, sobre el derecho de educación; el 44 y el 46, en los que se insta a los poderes públicos a promover el acceso a la cultura y el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico; y el 149, que sienta que el Estado tiene competencia exclusiva sobre las condiciones que regulan la igualdad de todos los españoles.

Los populares también afirman que la prohibición impide el desarrollo en Cataluña de una actividad empresarial, por lo que entiende que se vulneran otros cuatro artículos de la Constitución: el 38, que reconoce la libertad de empresa; el 40, que obliga a los poderes públicos a impulsar el progreso social y económico; el 128, que establece que la riqueza del país está subordinada al interés general; y de nuevo el 149.

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