El Constitucional avala los recortes del Gobierno a los funcionarios en vacaciones y permisos
El tribunal reconoce la competencia del Estado para reformar el régimen de vacaciones y permisos de los trabajadores públicos
- Respalda así el decreto que las limitaba en 2012 y que se impulsó en el contexto de las medidas de recorte presupuestario
- La sentencia determina que la norma cuestionada no invade competencias autonómicas
- Ha dictado sentencia después de un recurso de la Junta de Andalucía
Actualizado : 18:24
El Tribunal Constitucional ha avalado este viernes los recortes del Gobierno a los funcionarios en materia de vacaciones y permisos. En concreto, ha reconocido las competencias del Estado para modificar el régimen que las regula, que fue cambiado por decreto en 2012 como una medida de recorte presupuestario.
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El Constitucional ha avalado el decreto 20/2012 impulsado por el Gobierno para "garantizar la estabilidad presupuestaria"
El decreto 20/2012, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, es precisamente el que ha avalado el Constitucional. El él se recogían diversas medidas relativas a los funcionarios, entre ellas la supresión de la paga extra, que también fue respaldada por este mismo tribunal, y la reducción de permisos y vacaciones, que ha sido refrendada este viernes según informa Efe.
El Constitucional ha dictado sentencia en respuesta a un recurso de inconstitucionalidad presentado por la Junta Andalucía. Ahora crea jurisprudencia en función de la cual serán resueltos otros recursos similares presentados por las comunidades autónomas de Extremadura, País Vasco, Cataluña, Canarias y Navarra.
Andalucía, en su recurso, ponía en duda que las medidas contenidas en la citada norma guardasen conexión con la situación de "extraordinaria y urgente necesidad" con la que el Gobierno las justificó. En concreto, con la coyuntura económica marcada por la crisis y "la necesidad de reducir el déficit público sin menoscabar la prestación de los servicios públicos esenciales".
En su sentencia el Pleno del Constitucional avala la vinculación entre ambos factores desarrollada por el Gobierno de Mariano Rajoy y, además, desestima el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno de Andalucía en otro aspecto: el Ejecutivo autonómico consideraba que la modificación del régimen de permisos y vacaciones de los funcionarios desbordó las competencias que, en materia de función pública, la Constitución atribuye al Estado.
COMPETENCIA EXCLUSIVA DEL ESTADO
Según el Tribunal Constitucional, al Estado le corresponde "la competencia exclusiva para fijar las bases del régimen estatutario" de los funcionarios de todas las Administraciones públicas. Además, afirma que Andalucía tiene la competencia "de desarrollo legislativo y ejecución, de acuerdo con aquella legislación básica, en relación con la función pública autonómica y local".
Al Estado le corresponde "la competencia exclusiva para fijar las bases del régimen estatutario" de los funcionarios
Es por ello que considera al Gobierno central el único que debe determinar "los diferentes supuestos por los que pueden ser concedidos permisos o licencias a dicho personal del sector público, cualquiera que sea la Administración a la que pertenezcan". Incluso el tribunal considera que, en este caso concreto, "la norma estatal, aun fijando la duración de los diferentes tipos de permisos, no cierra toda posibilidad de desarrollo y aplicación a las comunidades autónomas de la normativa básica sobre esta materia". En consecuencia, la sentencia determina que la norma cuestionada no invade competencias autonómicas.
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