Empieza el plazo para que los partidos registren sus candidaturas del 10-N

Concluye el lunes y deben hacerlo al Congreso y al Senado

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Europa Press | 02 oct, 2019

Actualizado : 07:49

Los partidos y coaliciones tienen de plazo desde hoy y hasta las doce de la noche del próximo lunes, 7 de octubre, para presentar en las juntas electorales provinciales sus candidaturas al Congreso y al Senado para las elecciones generales del próximo 10 de noviembre.

Así, las formaciones políticas contarán con un plazo de cinco días para ir presentando estas candidaturas en las distintas circunscripciones, listas que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el miércoles 9 de octubre.

En todo caso, esa publicación no es definitiva ya que a partir de ahí se abre un breve plazo para revisar las listas, corregir errores y estudiar los posibles recursos e impugnaciones que se puedan presentar.

Uno de los requisitos que deben cumplir las candidaturas es el respeto de la llamada democracia paritaria, que implica que ningún grupo de sexo puede tener más del 60% ni menos del 40% de los candidatos en cada tramo de cinco nombres.

En el caso concreto de los partidos extraparlamentarios, éstos deben adjuntar los avales que se requieren (las firmas de al menos el 0,1% del censo). Tal es el caso de Más País, el nuevo partido que lidera Íñigo Errejón, allá donde no se presente con una formación con representación parlamentaria.

Eso sí, al tratarse de una repetición de las elecciones, aquellas fuerzas sin representación parlamentaria que ya concurrieron en los comicios del pasado 28 de abril y quieran volver a hacerlo no deberán volver a recoger firmas para avalar sus listas.

EL 15 DE OCTUBRE, PROCLAMACIÓN DEFINITIVA

El martes 15 de octubre será cuando el Boletín Oficial del Estado publique ya las candidaturas proclamadas el día antes por las juntas electorales provinciales, una vez revisadas y, en su caso, corregidas.

En las pasadas generales del 28 de abril fueron 1.174 las listas proclamadas para el Congreso (579) y el Senado (595), después de que las juntas provinciales anularan 48 listas, todas de fuerzas extraparlamentarias, que no reunían los requisitos que exige la Ley Electoral para concurrir a los comicios.

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