Santander vuelve a recurrir su imputación como 'heredero' del Banco Popular

Considera que el traslado de la responsabilidad penal infringe los principios de personalidad de las penas y culpabilidad

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Europa Press | 27 mar, 2019

Actualizado : 20:07

El Banco Santander ha presentado un recurso de apelación ante la Audiencia Nacional contra su imputación como 'heredero' de las supuestas irregularidades cometidas por directivos de Banco Popular, al considerar que el traslado de la responsabilidad penal infringe los principios de personalidad de las penas y de culpabilidad, según el auto al que ha tenido acceso Europa Press.

La entidad presidida por Ana Botín ha respondido así después de que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, José Luis Calama Teixeira, rechazase el recurso de reforma presentado contra su imputación en la causa que investiga presuntas irregularidades en el Banco Popular, al considerar, que si absorbió la entidad, le corresponde la responsabilidad penal en que la otra pudiera haber incurrido.

Los argumentos de Calama giraban en torno a lo que prevé el Código Penal en estos casos, que si bien entre personas físicas se extingue la responsabilidad ante "la muerte del reo", tiene un criterio "completamente distinto" para las entidades.

En su nuevo recurso, Santander apunta que el auto del juez obvia la resolución de Popular acordada por los poderes públicos y vulnera los principios de personalidad de las penas y de culpabilidad del Convenio Europeo de Derechos Humanos y de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

En concreto, ha apuntado que la JUR acordó la venta del negocio mediante el mantenimiento de la personalidad formal de la entidad resuelta y la venta de sus instrumentos de propiedad a un tercero, en lugar de optar por una transmisión singular de sus activos y pasivos, lo que conllevaría complejidades adicionales de ejecución.

Por ello, en situaciones de extrema gravedad, urgencia y complejidad "la única solución viable" es la que permita mantener formalmente la personalidad jurídica de la entidad en resolución para que pueda continuar realizando sus funciones esenciales, pero materialmente la entidad en resolución "muta" en una nueva entidad, con nuevo capital y nueva administración, que se vende a un tercero, dando lugar a una nueva realidad jurídica.

Según señala, la resolución acordada por la JUR se equipara a la "muerte" de la realidad jurídica anterior, por mucho que se mantenga, formalmente, la misma personalidad jurídica. De ahí la imposibilidad de que la eventual responsabilidad penal del antiguo Banco Popular sea trasladada o heredada por Banco Santander.

Así, la ruptura "radical" viene dada por la "completa e inmediata" renovación de los órganos de administración y de alta dirección de Banco Popular y la inyección de capital para asegurar solvencia y liquidez, mientras que también, la resolución del antiguo Banco Popular se equipara a su disolución material, con la consiguiente extinción de su eventual responsabilidad penal.

Santander argumenta que, como consecuencia de la resolución, "nació un nuevo Banco Popular, materialmente distinto del antiguo Banco Popular", y la decisión de resolver la entidad supuso la creación de una nueva realidad para venderlo a un tercero, en este caso Santander. "Esas decisiones de los poderes públicos determinan que no se pueda trasladar a este tercero, Banco Santander, la eventual responsabilidad penal del antiguo Banco Popular", sostiene.

BANCO DE VALENCIA COMO PRECEDENTE

Además, la entidad cántabra ha citado como precedente la absorción de Banco de Valencia por CaixaBank, un procedimiento penal en el que se inadmitió la imputación de la absorbente tras adquirir la entidad en aplicación de un mecanismo de saneamiento bancario por los poderes públicos.

En este caso, la Fiscalía Anticorrupción y el Juzgado Central de Instrucción número 1 consideraron que la traslación automática de responsabilidad penal a CaixaBank implicaría "un sistema de responsabilidad objetiva que es incompatible con las garantías penales básicas que establece la Constitución". Según Santander, este razonamiento es trasladable, punto por punto, a su situación, y el traslado de la eventual responsabilidad penal del antiguo Banco Popular al adquirente Banco Santander "habría hecho inviable el mecanismo de resolución".

"Si eso se produjera, ninguna entidad estaría dispuesta a adquirir en el futuro una entidad financiera resuelta y, por tanto, situaría de nuevo a los poderes públicos en el dilema del 'too big to fail' y los rescates bancarios con dinero público, que es lo que precisamente trata de evitar el nuevo marco normativo", asegura el banco.

Por ello, Banco Santander considera que no solo no ha hecho absolutamente nada ilícito, ni ha tenido la más mínima intervención en los hechos que se atribuyen a Banco Popular, sino que ha aceptado hacerse cargo de esta última entidad a su coste, sin recibir dinero público ni garantía alguna, todo ello "en aras de la salvaguarda del sistema financiero europeo".

"La intención de esta parte siempre ha sido, y seguirá siendo, la de colaborar al máximo con la investigación de unos hechos supuestamente cometidos en el seno del antiguo Banco Popular", ha recalcado la entidad.

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