La Audiencia Nacional imputa a las excúpulas del Banco de España y CNMV por la salida a bolsa de Bankia
La sala tercera Audiencia Nacional corrige al juez Fernando Andreu y solicita imputar a los responsables del Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores en ese periodo
- Miguel Ángel Fernández Ordóñez (MAFO) y Julio Segura responderán ante el juez
- También declarará la segunda línea ejecutiva de los supervisores Fernando Restoy, Pedro Comín, Mariano Herrera García-Cantauri, Pedro González, Jerónimo Martínez Tello y Javier Arístegui
Actualizado : 19:37
La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado al juez Fernando Andreu, que instruye el 'caso Bankia', que se cite a declarar como investigados a los responsables del Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que tenía bajo su competencia la supervisión de BFA-Bankia en el momento de su constitución y posterior salida a bolsa en 2011. Andreu rechazó en noviembre de 2016 citarles en el juicio.
El juez del 'caso Bankia' ha imputado por la operación al exgobernador del Banco de España Miguel Ángel Fernández Ordoñez (MAFO) y el expresidente de la CNMV Julio Segura. También pide que se cite al que fuera subgobernador del Banco de España y ex responsable de la comisión reguladora Fernando Restoy. La salida a bolsa de Bankia fue la antesala del rescate financiero e inyección de 18.000 millones de euros por parte del Estado.
Bankia, surgida de la fusión de Caja Madrid, Bancaja y otro grupo de cajas de ahorro, salió a bolsa en el verano de 2011 bajo una fuerte presión de los inversores internacionales y del Gobierno de Zapatero y el propio Banco de España que dejó atrapados a miles de accionistas particulares y a decenas de inversores institucionales como Iberdrola, Mapfre, El Corte Inglés, Santander y Popular, entre otros, que fueron invitados a participar en la operación, comprando acciones.
El movimiento judicial se produce días después de que el actual gobernador del Banco de España, Luis María Linde, escribiese una columna en El País defendiendo la labor del supervisor durante la crisis bancaria. "Es obligado distinguir entre insuficiencias o, incluso, errores, y actuaciones susceptibles de reproche legal", dijo. Como recoge Europa Press, en un auto dado a conocer este lunes los magistrados admiten parcialmente el recurso de la Confederación Intersindical de Crédito (CIC) contra el auto del juez instructor Fernando Andreu que rechazó la práctica de una serie de diligencias solicitadas en el marco de la investigación por la salida a bolsa de la entidad financiera.
A principios de 2016, el Tribunal Supremo decretó la anulación de la adquisición de acciones de Bankia en su salida a bolsa en 2011, debido a que consideró que "hubo error en el consentimiento por parte de los compradores debido a las graves inexactitudes del folleto de la oferta pública". El alto tribunal entendió que la grave inexactitud del folleto de la OPS, las inexactitud en las cuentas de Bankia condujó a error a "los pequeños inversores que, a diferencia de lo que puede ocurrir con inversores más cualificados", carecen de otros medios de obtener información sobre los datos económicos relevantes del emisor de acciones.
INSPECTORES
La decisión de la Audiencia Nacional de sentar en el banquillo a los jefes de supervisión de la banca y de los mercados financieros en España supone un antes y un después en el 'caso Bankia', ya que las responsabilidades de la operación comienzan a llegar a las más altas instituciones del Estado, si bien, no han afectado al Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero y la exministra de Economía, Elena Salgado, máximos responsables políticos en la época en la que se gestó la salida a bolsa de la entidad bancaria que lugo tuvo que ser rescatada por el Estado.
En un auto, los magistrados de la Audiencia Nacional admiten parcialmente el recurso de la Confederación Intersindical de Crédito (CIC) contra el auto del juez instructor Fernando Andreu que rechazó la práctica de una serie de diligencias solicitadas en el marco de la investigación por la salida a bolsa de la entidad financiera. Además de a Fernández Ordóñez y Segura, la Sala acuerda que se cite también como investigados a los responsables del Banco de España Pedro Comín, Mariano Herrera García-Cantauri, Pedro González, Jerónimo Martínez Tello y Javier Arístegui y de la CNMV Fernando Restoy. Los tres primeros han dimitido esta tarde.
El auto considera procedente la petición de los recurrentes de llamar a declarar a los responsables de ambas entidades, que tenían bajo su competencia la supervisión de BFA-Bankia en el momento de su constitución y salida a bolsa y que, según aquellos, la autorizaron “pese a las reiteradas advertencias del equipo de inspección del BdE de la inviabilidad del grupo y de que la solución de salida a bolsa no debía ser aprobada, pues suponía grave perjuicio para accionistas, preferentistas y contribuyentes (estimado en unos 15.000 millones de euros)”.
"POSIBLE ESTAFA A LOS INVERSORES"
La Sala analiza la testifical y los correos electrónicos aportados en la causa del inspector del Banco de España José Antonio Casaus y califica de “razonable” y “razonada” la pretensión de la CIC sobre la base de la existencia en este procedimiento de indicios “múltiples, bastantes y concurrentes de criminalidad respecto de los responsables del Banco de España y la CNMV en cuanto garantes e indicativos de la corresponsabilidad de ambos en los hechos investigados”.
Los jueces consideran también que en la fase actual de la instrucción, tal y como sostienen los recurrentes, no es el momento procesal para circunscribir el ámbito del procedimiento a una determinada calificación jurídicas de los hechos (posible estafa de inversores del ex art 182 bis), como ha realizado el instructor, sino que no procede verificarse hasta finalizada la investigación. La Sala rechaza la solicitud de que se oficie al Banco de España para que aporte todos los correos electrónicos remitidos y recibidos desde su dirección corporativa entre José Antonio Casaus y Pedro Comín, por tratarse de una diligencia “manifiestamente excesiva”.