El TSJC no ve delito en la resolución independentista al no llamar a la violencia
El tribunal rechaza dos querellas de Manos Limpias y UPyD por supuesta rebelión y sedición
- También consideran que 'la rebelión exige el empleo de la fuerza'
- Manos Limpias y UPyD considera que 'el Estado de Derecho tiene mecanismos suficientes para frenar, sin necesidad de acudir de primera mano a la vía penal'
Actualizado : 15:15
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha rechazado sendas querellas de Manos Limpias y UPyD contra los promotores de la resolución independentista aprobada por el Parlament el 9 de noviembre porque "no incluye una proposición a los ciudadanos para que se alcen públicamente y violentamente".
Lea también: Más de 3.000 personas se manifiestan contra la independencia en Cataluña
El TSJC sostiene que es evidente la ilegalidad e inconstitucionalidad de la resolución
En sendos autos recogidos por Europa Press, la Sala Civil y Penal del TSJC responde a los dos querellantes, que acusaban de los delitos de rebelión y sedición, que los hechos no son constitutivos "de este delito ni de cualquier otro ilícito penal".
Añade el tribunal, en su respuesta a UPyD, que la resolución ni siquiera va dirigida a la ciudadanía sino al Parlament, que no incluye expresiones que llamen al tumulto ni al desorden y que "la rebelión exige el empleo de la fuerza".
El TSJC sostiene que es evidente la ilegalidad e inconstitucionalidad de la resolución, como ya se pronunció el Tribunal Constitucional (TC), pero añade que la declaración no ha trascendido del ámbito parlamentario e insiste en que no se puede equiparar un acto en sede parlamentaria con alzamientos violentos, desórdenes u hostilidades.
En este sentido, lanza un mensaje a Manos Limpias y UPyD: "El Estado de Derecho tiene mecanismos suficientes para frenar, sin necesidad de acudir de primera mano a la vía penal, los planteamientos políticos que no se ajusten a los procedimientos y cauces legales y constitucionales".
En su contestación a Manos Limpias se pronuncia en parecidos términos y considera que en su querella no se narra ningún auto realizado por los querellados en el que pretendan conseguir la independencia "mediante alzamiento público, violento o tumultario, o con una actitud activa por la fuerza y estando dispuesto a su utilización de forma pública".
FISCALÍA PIDIÓ INADMITIR
Las querellas se dirigían contra el expresidente de la Generalitat Artur Mas; la presidenta del Parlament, Carme Forcadell; los diputados Jordi Turull, Marta Rovira (JxSí), Anna Gabriel (CUP) y el ya exdiputado de la CUP Antonio Baños.
La Fiscalía Superior de Catalunya ya se había pronunciado a favor de inadmitir las dos querellas porque la resolución no ha trascendido "del estricto ámbito parlamentario" y no se han reproducido manifestaciones potencialmente delictivas después de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC), que declaró nula la resolución.
Lee además:
El gobierno lleva al Constitucional la Conserjería de Exteriores de Cataluña
La estrategia que encumbró a Carles Puigdemont como sustituto de Mas
Frenazo en la economía de Cataluña: la inversión inmobiliaria se decanta por Madrid