El fiscal Anticorrupción admite que los topes a los plazos de instrucción no son eficaces y pide una nueva reforma
Defiende cambiar el modelo para que los fiscales instruyan los casos y se limiten las posibilidades de impugnación para ser más ágiles
MADRID, 8 (EUROPA PRESS)
El fiscal jefe Anticorrupción, Alejandro Luzón, admite que la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) de 2015, que impuso topes a los plazos de instrucción de las causas penales, no está siendo eficaz y pide una nueva reforma que incluya un cambio radical de modelo para que sean los fiscales y no los jueces los que instruyan los casos.
Así lo asegura Luzón en una entrevista publicada en la página web de la Fiscalía, recogida por Europa Press, y que se ha realizado con motivo del Día Internacional contra la Corrupción que se celebra este sábado.
Para poder agilizar las investigaciones sobre delitos de corrupción, Luzón aboga por una reforma en profundidad de la normativa procesal penal, puesto que, a su juicio, ya no basta con reformas parciales de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la última, acometida en 2015, no está dando el resultado perseguido.
Aquella reforma, impulsada por el PP cuanto tenía mayoría absoluta, fijó unos plazos máximos de instrucción de estas causas (seis meses ampliables en casos concretos) con el "loable propósito", según Luzón, de "corregir las dilaciones inherentes a las macrocausas", pero "no está resultando eficaz".
NUEVA LEY PROCESAL
Desde su punto de vista, esos plazos máximos de instrucción "sólo cobrarían sentido" en el marco de una nueva ley procesal en la que la fase de investigación previa al juicio oral "se concibiera estrictamente como una preparación de la prueba que en él se va a practicar".
Mientras no se afronte esa reforma procesal, la alternativa para ir agilizando al menos parte de los procesos es, explica Luzón, la apertura de piezas separadas. En todo caso, recalca que la Fiscalía está comprometida en acortar la duración de los procedimientos introduciendo criterios de flexibilidad y de racionalización en la selección y dibujo del objeto procesal.
"Se trata de lograr un mejor seguimiento y control del proceso, evitando agotar la instrucción con diligencias que se puedan practicar, en su caso, en el juicio oral y renunciando a líneas de investigación colaterales a los hechos investigados que demoran la conclusión del procedimiento y no aportan un valor añadido a la acusación", detalla Luzón.
Luzón es partidario de cambiar el actual modelo para que la investigación de las causas penales, en lugar de recaer en el juez instructor pasen a manos de los fiscales, lo que supondría instaurar un sistema "acusatorio puro", como rige en la mayoría de los sistemas procesales del entorno continental.
No obstante, puntualiza que no se trata de abogar por la mera sustitución del juez por el fiscal, sino de asumir un modelo "radicalmente distinto" en el que el fiscal no instruye, en el sentido de practicar actuaciones a modo de ensayo o anticipo del juicio, sino que investiga, una "actividad que tiene que servir al Ministerio Público, y en ocasiones a las otras acusaciones personadas, para decidir si posee suficientes elementos o fuentes de prueba para formular acusación".
El modelo por el que aboga Luzón debería desterrar la posibilidad de que, como ocurre ahora, prácticamente todas las resoluciones dictadas por el instructor sean susceptibles de ser recurridas en reforma y en apelación, con el frecuente uso del ulterior incidente de nulidad de actuaciones" y la consiguiente dilación de los procedimientos.
PROTEGER A LOS DENUNCIANTES
En su opinión, la solución es "un cambio radical de modelo que desplace el centro de gravedad del proceso penal de la instrucción al juicio oral", creando un fiscal investigador al que se le conceda, un plazo para recopilar ese material que le permita decidir si formula o no acusación y "con limitadísimas posibilidades de impugnación".
Además, plantea la necesidad de mejorar la protección a la figura del denunciante de corrupción que en nuestro país es "muy deficiente". De hecho, recuerda que España sigue si atender la recomendación de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción de proteger a quienes tienen conocimiento de estos delitos por su pertenencia a una organización pública o privada para que los denuncien.
Eso sí, confía en que la futura Directiva europea para proteger a los denunciantes de corrupción suponga "un paso importante", pues se aplicará tanto a los denunciantes del sector público como privado, en concreto en éste último caso, a las empresas de más de 50 empleados o 10 millones de euros de ingresos.