La CNMC recurre las normas que protegen a los taxistas de Uber porque afectan a la competencia
Limitan la entrada y la capacidad de competir de los vehículos de alquiler con conductor
- Reducen la competencia en el mercado de transporte urbano de viajeros
- Y afectan negativamente a los precios, la calidad, la innovación y, en definitiva, al bienestar general
La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) ha recurrido las normas que protegen a los taxistas de Uber, la aplicación que permite alquilar vehículos con conductor y que ha puesto en pie de guerra al sector del taxi en España y en muchos otros países del mundo.
La CNMC ha decidido interponer un recurso contencioso-administrativo contra dos normas que, en su opinión, limitan la entrada y la capacidad de competir de los vehículos de alquiler con conductor (VTC), reducen la competencia en el mercado de transporte urbano de viajeros y afectan negativamente a los precios, la calidad, la innovación y, en definitiva, al bienestar general.
En concreto, el recurso se interpone contra las restricciones a la competencia incorporadas en el Real Decreto 1057/2015, de 20 de noviembre de 2015 y en la Orden FOM 2799/2015, de 18 de diciembre, "ambas perjudiciales para el interés general", según indica la CNMC en un comunicado recogido por Europa Press.
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DEFIENDE SU CAPACIDAD PARA ACTOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Estas barreras carecen de justificación social y obstaculizan la competencia efectiva en el transporte urbano de pasajeros en todo el territorio nacional
El pasado 14 de enero, la CNMC envió al Consejo de Ministros un requerimiento de anulación de varios artículos incorporados en el Real Decreto 1057/2015. A su vez, el pasado 9 de febrero, formuló un requerimiento al Ministerio de Fomento solicitándole la eliminación de varios artículos incorporados en la Orden FOM 2799/2015.
Dado que ninguno de estos dos requerimientos previos "ha sido respondido ni motivado por el Ministerio de Fomento", en consecuencia, la CNMC ha decidido interponer el citado recurso contencioso administrativo "dirigido a mejorar ambas normas y remover las restricciones injustificadas a la competencia que perjudican a los consumidores, las empresas, los autónomos y al propio sector público".
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También estima que deben eliminarse las restricciones geográficas a la prestación del servicio que fragmentan el mercado nacional
La CNMC recuerda que está legitimada para impugnar los actos de las administraciones públicas y las normas con rango inferior a la ley que sean contrarios a los principios de promoción de la competencia efectiva y a la regulación económica eficiente. En este caso, la CNMC actúa en el marco del artículo 27 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado
Entre los principales obstáculos a la competencia establecidos en el Real Decreto y en la Orden Ministerial, que en opinión de la CNMC deben ser eliminados por no estar suficientemente justificados, se encuentran los límites cuantitativos a las licencias de VTC, la obligación de contratación previa del servicio y la prohibición de competir de forma directa en la vía pública.
También estima que deben eliminarse las restricciones geográficas a la prestación del servicio que fragmentan el mercado nacional, el establecimiento de un número mínimo de vehículos para operar y una serie de restricciones "innecesarias y discriminatorias" para los nuevos entrantes relacionadas con la representatividad y la antigüedad de los vehículos.
"Estas barreras carecen de justificación social, obstaculizan la competencia efectiva en el transporte urbano de pasajeros en todo el territorio nacional, afectan negativamente a la innovación y, por todo ello, reducen el bienestar general. En consecuencia, la CNMC considera que deben ser eliminadas en aras de un mejor funcionamiento de la economía española", concluye.
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