Glovo contratará 2.000 repartidores en España para adaptarse a la ley Rider

"Queremos un cambio real y justo, que cumpla con el marco legal y recoja la realidad del sector"

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Europa Press | 28 jul, 2021

Actualizado : 20:41

La plataforma de 'delivery', Glovo, ha anunciado la contratación de 2.000 repartidores en España antes de finalizar el 2021 para ajustarse a la nueva Ley Rider y cumplir con el nuevo marco legal, que obliga a las compañías a contratar a estos trabajadores como asalariados.

En concreto, la aplicación de reparto ha explicado que está trabajando "a contrarreloj durante los últimos meses" para adaptarse a esta regulación, ha contado para ello con un periodo de transición "muy corto" para un cambio de tal magnitud, según han informado fuentes de la compañía a Europa Press.

"Queremos que sea un cambio real y justo, que cumpla con el marco legal y recoja la realidad del sector", han recalcado desde la plataforma de 'delivery', que con este plan de transición en España busca ajustarse a la nueva normativa.

De esta forma, Glovo ha iniciado la contratación directa de cerca de 2.000 repartidores antes de que acabe este año, con horarios, retribuciones fijas y rutas concretas para aquellos servicios que se consideren, por su naturaleza, viables tecnológica y operativamente.

La plataforma ha explicado que se trata de una primera fase de transición que, en los meses siguientes, seguirán completando y ampliando.

Además, Glovo ha anunciado que lanzará un nuevo modelo "inédito en España", el cual se ajustará el criterio establecido por el Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

La plataforma de 'delivery' ha explicado que este nuevo proyecto tendrá "nuevas características" y permitirá "simultanear otras aplicaciones y actividades con total flexibilidad, autonomía e independencia".

De esta forma, Glovo se adapta a la nueva normativa, después de que el pasado mes de septiembre, el Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo declarase que la relación existente entre un 'rider' y la plataforma tenía naturaleza laboral, por lo que rechazó elevar cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

En concreto, el juzgado había estimado el primer motivo del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el demandante, argumentando que concurrían las notas definitorias del contrato de trabajo, examinando en particular las de dependencia y ajenidad.

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