Economía.- (AMP) La CNMV autoriza la oferta de exclusión bursátil de Applus+ planteada por ISQ y TDR

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Europa Press | 30 oct, 2024

MADRID, 30 (EUROPA PRESS)

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha autorizado la oferta de exclusión bursátil de Applus+ planteada por los fondos ISQ y TDR a través de su sociedad conjunta Amber EquityCo el pasado 19 de julio, según ha informado el regulador en un comunicado.

"Autorizar la oferta de exclusión de Applus Services presentada por Amber EquityCo el 19 de julio de 2024 y admitida a trámite el 31 de julio de 2024, al entender ajustados sus términos a las normas vigentes y considerar suficiente el contenido del folleto explicativo presentado tras las últimas modificaciones registradas con fecha 25 de octubre de 2024", ha detallado la CNMV.

Asimismo, ha recordado que la oferta se dirige al 100% del capital social de Applus+, compuesto por 129.074.133 acciones admitidas a negociación en las Bolsas de de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia e integradas en el sistema de interconexión bursátil, a excepción de 93.426.676 títulos que han sido inmovilizados por Amber.

De este modo la oferta se extiende de forma efectiva a la adquisición de 35.647.457 acciones de Applus+, representativas del 27,62% de su capital social, y el precio de la oferta es de 12,78 euros por título.

El organismo ha subrayado que las acciones de Applus+ quedarán excluidas de la negociación bursátil cuando se haya liquidado la operación y que el plazo de aceptación de la oferta será de 15 días naturales a partir del día hábil bursátil siguiente a la publicación del primer anuncio con los datos esenciales de la oferta, por lo que finalizará también en día hábil bursátil.

La oferta no está sujeta a ninguna condición y en garantía de la operación se han presentado avales por un importe conjunto de 474,11 millones de euros emitidos por Barclays Bank Ireland PLC y Morgan Stanley Bank AG.

"El oferente (Amber) declara que exigirá la venta forzosa si se cumplen los requisitos para ello. En ese caso, la exclusión se producirá cuando se liquide la venta forzosa. El oferente ha solicitado la suspensión de negociación tras el fin del plazo de aceptación hasta que se produzca la efectiva exclusión", ha subrayado la CNMV.

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