Desestiman el recurso de Berkeley contra el rechazo a construir la planta de Salamanca
La compañía ha informado al Gobierno de su disposición a colaborar
Actualizado : 14:49
Berkeley ha anunciado que ha recibido notificación formal del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico de que ha desestimado el recurso administrativo de la compañía contra la denegación por parte del Ministerio de la autorización de construcción de la planta de concentrado de uranio como instalación radiactiva ("NSC II") en el proyecto de Salamanca.
Según se explica en un comunicado remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), anteriormente, el Ministerio rechazó la NSC II en noviembre de 2021 tras un informe desfavorable para la concesión emitido por la Junta del Consejo de Seguridad Nuclear (NSC) en julio de 2021.
En opinión de Berkeley, el Ministerio ha rechazado la solicitud de NSC II de la compañía "sin seguir el procedimiento legalmente establecido, incluyendo tener en cuenta el informe de mejora de la Compañía que complementaba la solicitud inicial de NSC II".
Teniendo esto en cuenta, Berkeley presentó un recurso administrativo contra la decisión del Ministerio en virtud de la legislación española en diciembre de 2021. Pero ahora, el Ministerio ha desestimado este recurso administrativo.
Berkeley considera "que el Ministerio no sólo ha infringido la normativa sobre procedimientos administrativos en España, sino también la protección otorgada a Berkeley en virtud del Tratado sobre la Carta de la Energía (TCE), lo que implicaría que la decisión sobre el rechazo de la solicitud NSC II de la sociedad no es legal".
En consecuencia, en noviembre de 2022, la empresa presentó una notificación escrita de litigio de inversión al presidente del Gobierno y al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. La notificación de Berkeley informaba al Reino de España de la naturaleza de la controversia y de los incumplimientos del TCE y de que proponía entablar sin demora negociaciones para llegar a una solución amistosa de conformidad con el artículo 26.1 del TCE.
"La notificación de una disputa de inversión presentada al Gobierno español es necesaria para preservar los derechos de la compañía a iniciar un arbitraje internacional en caso de que la disputa no se resuelva satisfactoriamente. No obstante, la empresa ha informado al gobierno español de que está dispuesta a colaborar y mantiene la esperanza de que la controversia pueda resolverse amistosamente mediante negociaciones rápidas", aseguran.