Deloitte, multada con 1,4 millones por la auditoría de las cuentas de Abengoa 2014

El BOE publica dos multas tanto para Deloitte como para el auditor firmante

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Bolsamania | 20 jul, 2019

Actualizado : 13:30

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13:26 14/07/20

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este sábado la resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) por la que se publican sanciones por un importe que asciende a los 1,48 millones de euros impuestas a la auditora Deloitte y al auditor firmante Manuel Arranz Alonso por cometer dos infracciones graves en relación con la auditoría de las cuentas de Abengoa correspondientes al ejercicio 2014.

Como ya informó Bolsamanía hace unos meses, el ICAC había detectado dos infracciones graves cometidas en la auditoría de Abengoa en 2014. Los fallos se han detectado en la deuda y en los ingresos de ingeniería y construcción. La firma ha infringido el artículo 34.b de la legislación de auditoría de cuentas, en el que se estipula "el incumplimiento de las normas de auditoría que pudiera tener un efecto significativo sobre el resultado de su trabajo y, por consiguiente, en su informe".

El ICAC abrió el expediente sancionador el 22 de febrero de 2017, justo un día antes de la prescripción de la infracción e impuso la multa en febrero de 2018. En un primer momento, Deloitte presentó un recurso de alzada al Ministerio de Economía, que resolvió desfavorablemente. Posteriormente registró otro recurso, esta vez ante la Audiencia Nacional, que también fue rechazado, aunque es una decisión que se encuentra recurrida por la firma.

Finalmente se impone a Deloitte dos multas, por importe de 1,229 millones de euros y 245.972,27 euros, y a Manuel Arranz otras dos multas por importe de 5.250 euros y 3.450 euros. En conjunto suman 1,48 millones de euros.

Además de las sanciones económicas, esta resolución conlleva tanto para la sociedad como para el auditor firmante la prohibición de realizar la auditoría de las cuentas de Abengoa correspondiente a los tres primeros ejercicios que se inicien con posterioridad a la fecha en que la sanción sea firme en vía administrativa.

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