La CNMC pide premiar a los operadores que ofrezcan más velocidad
En la licitación del nuevo servicio universal de telecomunicaciones, que actualmente presta Telefónica
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha pedido que se valore positivamente a aquellos operadores que ofrezcan velocidades de conexión superiores a los 10 Mbps obligatorios por ley en la licitación por el nuevo servicio universal.
“La nueva Ley General de Telecomunicaciones establece que la velocidad mínima de acceso a internet se fija en 10 Mbps en sentido descendente. La CNMC considera en su informe que debería especificarse si esta velocidad mínima es aplicable a todos y cada uno de los usuarios o si se permite algún porcentaje de desviación y en qué condiciones se garantiza dicha velocidad. Además, tal como sucede con la velocidad de bajada, la CNMC cree positivo que se establezca algún requisito de velocidad ascendente y se valoren aquellas propuestas que ofrezcan velocidades de transmisión mayores”, explica el regulador.
Asimismo, la CNMC cree que sería “aconsejable” establecer algún requisito relativo al retardo, para garantizar las comunicaciones bidireccionales en tiempo real.
La Ley General de Telecomunicaciones aprobada este año reforma el servicio universal, del que desaparecen las cabinas o las guías telefónicas, que deberá traducirse en una licitación para determinar el prestatario de este servicio, que tradicionalmente ha sido Telefónica.
“Con la nueva ley, las obligaciones en materia de asequibilidad del servicio universal se extienden a todos los operadores que presten servicios de acceso a internet y servicios de comunicaciones vocales, incluyendo al operador designado para prestar el servicio universal”, añade la CNMC.
Además, por primera vez se le exigirá a los operadores que apliquen precios asequibles no solo en relación con los servicios de comunicaciones vocales, sino también por la prestación del servicio de acceso a internet de banda ancha.
“La CNMC propone que, a través de los instrumentos adecuados, se considere incorporar alguna previsión sobre la asequibilidad del servicio de acceso a internet tanto para jubilados y pensionistas con renta familiar baja, como para determinados colectivos (usuarios ciegos o con grave discapacidad visual y usuarios sordos o mudos o con graves dificultades auditivas o del habla)”, apuntan desde el regulador.