Caso Bankia: la defensa del banco pedirá la nulidad del juicio

Apelará a la indefesión al no conocer qué delitos se le imputan

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Bolsamania | 26 nov, 2018

Actualizado : 09:21

Tras seis años de instrucción a cargo del juez Fernando Andreu, este lunes arranca el juicio oral del caso Bankia. El proceso se iniciará con la fase de cuestiones previas, durante las cuales la defensa de la entidad solicitará la nulidad del juicio, según consta en el escrito de defensa de BFA, al que ha tenido acceso Bolsamanía.

Concretamente, la representación de la matriz de Bankia pedirá a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, encargada del caso, la nulidad del auto de apertura de juicio oral por vulneración del principio acusatorio, es decir, por falta de descripción del hecho que sirve de fundamento a la pretensión de condena de BFA.

Esto quiere decir que la matriz de Bankia -compañía resultado de la unión a través de un sistema institucional de protección (SIP) de Caja Madrid, Bancaja, La Caja de Canarias, Caja de Ávila, Caixa Laietana, Caja Segovia, y Caja Rioja- considera que no está claro por qué se le acusa ni de qué.

BFA “desconoce los concretos hechos en que se fundan las acusaciones para solicitar su condena penal”, algo que su defensa considera, además, que representa un límite para la propia Sala de lo Penal, que “no puede condenar por hechos distintos a los que constan expresamente recogidos en los escritos de calificación provisional”.

Por eso, apela, con la intención de que se anule el juicio, al principio de indefensión, un concepto jurídico que se refiere a una situación procesal en la que el acusado ve limitados sus medios de defensa.

“Ni el auto del Juzgado Instructor de 11 de mayo de 2017 que acordó la continuación de la causa por los trámites del procedimiento abreviado, ni los escritos de calificación provisional que tienen por objeto delimitar los hechos y delitos que serán objeto de enjuiciamiento, ni el auto del Juzgado de 17 de noviembre de 2017 que acordó la apertura del juicio oral, incluyen hecho alguno, ni uno solo, que sirva para fundar la condena penal de las personas jurídicas BFA y Bankia de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis del Código Penal”, apunta el escrito de defensa.

HECHOS FUERA DE LA INSTRUCCIÓN

Por otra parte, alega indefensión por una inadecuada descripción de los hechos punibles en el auto del 11 de mayo de 2017, es decir, por no poder conocer con precisión “los hechos que sirven de fundamento a las pretensiones de condena de las acusaciones”. Por ello, solicita que queden fuera del juicio los hechos que no consten descritos "de forma precisa" en los escritos de acusación presentados.

Asimismo, la defensa de BFA alega indefensión en cuanto a la imposibilidad de abrir juicio oral por hechos que no fueron objeto de la instrucción. La matriz de Bankia cree que no puede ser acusada de falsedad contable societaria, pues este delito “no se encuentra integrado dentro del catálogo de infracciones susceptibles de generar responsabilidad para la persona jurídica”.

¿DOCTRINA BOTÍN?

Durante las cuestiones previas del juicio, que se alargará durante los próximos meses, la defensa de la entidad podría alegar que se aplique la conocida como ‘doctrina Botín’, que consiste en pedir que no sean juzgados aquellos a los que no acusa o bien el fiscal o bien las acusaciones particulares.

Esta doctrina fue establecida en 2007 cuando el Tribunal Supremo libró al fallecido banquero Emilio Botín librarse de ser juzgado en el caso de las cesiones de crédito comercializadas por Santander. El alto tribunal decidió que las acusaciones populares (los demandantes que se incorporan al caso al considerar que el acusado ha quebrantado la ley aunque no sean directamente perjudicados) no eran suficientes para sentar en el banquillo al expresidente de Santander.

En el caso Bankia, las acusaciones populares son, además del fiscal y la Abogacía del Estado, que representa al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), CGT y la Confederación Intersindical del Crédito (CIC), con Andrés Herzog a la cabeza, que inició el proceso integrado en UPyD. La Fiscalía solamente acusa a cuatro exdirectivos: Rodrigo Rato, José Luis Olivas, José Manuel Fernández Norniella y Francisco Verdú.

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