Abertis lidera las subidas: la justicia le da la razón frente a Fomento sobre la contabilidad de la AP-7
La compañía ha liderado las alzas del Ibex, por delante de los bancos
- La compañía ha dicho que no tiene previsto variar su "criterio de prudencia contable" sobre el tratamiento del Convenio AP-7
- En català: Abertis puja amb força: la justícia li dóna la raó enfront de Foment sobre la comptabilitat de l'AP-7
Actualizado : 17:52
Abertis ha liderado las subidas del Ibex (+3,08% hasta los 14,9 euros) después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid haya dado la razón a su filial Acesa, que gestiona la Autopista del Mediterráneo AP-7, al estimar íntegramente el recurso contencioso-administrativo de la compañía y anular la censura de cuentas del ejercicio 2011 del Ministerio de Fomento.
De esta manera, indicó Abertis en un hecho relevante remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el Tribunal reconoce la correcta contabilización como activo financiero del saldo de compensación regulado en el Convenio AP-7 efectuada por Acesa desde la entrada en vigor del mismo en 2006.
La sentencia advierte que, contra la misma, cabe recurso de casación, debiéndose justificar el interés casacional objetivo.
La compañía ha dicho que no tiene previsto variar su "criterio de prudencia contable" sobre el tratamiento del Convenio AP-7 a la espera de concluir los procesos judiciales abiertos.
En la censura de cuentas de Acesa correspondiente al ejercicio 2011, la Delegación del Gobierno en las sociedades concesionarias de autopistas del Ministerio de Fomento planteó dudas sobre la interpretación del Convenio AP-7 y, en particular, sobre la compensación por tráfico garantizado. Como consecuencia de lo anterior, Acesa presentó un recurso administrativo de alzada contra dicha censura de cuentas, que fue desestimado por el propio Ministerio en junio de 2015.
En su decisión, el Ministerio adelantaba que no consideraría la compensación por tráfico garantizado (ni su correspondiente actualización financiera) como parte del saldo del Convenio AP-7. Asimismo, expresaba ciertas discrepancias en relación al tratamiento contable de las inversiones realizadas y su actualización financiera.
Contra dicha decisión, Acesa presentó un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.