Este es el calendario para la investidura del nuevo presidente del Gobierno

El 13 de enero se constituirán las nuevas Cortes Generales

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Bolsamania | 22 dic, 2015

Actualizado : 23:20

Tras la celebración de las elecciones generales el pasado domingo ahora quedan por delante unas semanas complicadas. No sólo por lo difícil que será la formación de un Gobierno, ya que ningún partido ha logrado mayoría suficiente para hacerlo, sino porque hay que establecer un calendario para la investidura del nuevo presidente que podría alargarse más de lo previsto.

El día 23 se cerrará el escrutinio general, incluyendo ya todo el voto llegado del extranjero

De momento sólo hay dos cosas claras: que el día 23 se cerrará el escrutinio general, incluyendo ya todo el voto llegado del extranjero, y que el próximo 13 de enero se constituirán oficialmente las nuevas Cortes Generales. El resto de fechas deberán confirmarse en los próximos días, y deberán decidir sobre ellas tanto el Rey como la nueva Mesa del Congreso, una vez esté constituida.

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El 13 de enero es la fecha fijada de acuerdo con la ley, en el decreto de convocatoria de elecciones, para proceder a la constitución de las nuevas Cortes. Según recoge El Mundo, ese día la sesión estará presidida por el diputado de mayor edad asistido por los dos más jóvenes en calidad de secretarios, que nombrarán a los miembros de la Mesa del Congreso.

Una tarea nada baladí, sobre todo porque será este organismo el que decida sobre la fecha del inicio de la nueva legislatura. Si habilita enero, mes parlamentariamente inhábil, para poder celebrar en el plazo de 15 días, es decir, en la última semana del mes, la solemne sesión de inicio de la XI Legislatura, los plazos podrían acortarse. No obstante, si finalmente no se habilita enero, el comienzo podría aplazarse hasta el miércoles 17 de febrero.

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LAS CONSULTAS DEL REY

Corresponde al Rey proponer un candidato para ser el nuevo presidente del Gobierno

Al mismo tiempo el Rey iniciará una ronda de contactos con los líderes de los partidos que hayan obtenido representación parlamentaria, de menor a mayor número de escaños obtenidos, para proponer, a través del presidente del Congreso, un candidato a la Presidencia del Gobierno.

Planteará el nombre del primer aspirante que, tras la evaluación de las consultas, cuente con más posibilidades de superar la investidura. Y aunque la ley no marca plazos para que el monarca Felipe VI haga su propuesta, lo cierto es que hasta ahora, en todos los procesos electorales, nunca ha transcurrido más de mes y medio entre la fecha de los comicios y la investidura del presidente del Gobierno por el Congreso.

No obstante, las cosas podrían ser distintas esta vez, ya que la investidura y la formación de Gobierno se pueden complicar dada la fragmentación del Congreso y ya que ningún partido ha obtenido mayoría suficiente para gobernar y serán necesarios los pactos. En una primera ronda se requiere mayoría absoluta para investir al presidente, es decir, 176 votos a favor como mínimo. Si hay segunda vuelta, en la que sólo es necesaria una mayoría simple, se celebraría 48 horas después de la primera votación.

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