La CNMV actualiza la información ante la nueva normativa sobre abuso de mercado
Tras la entrada en vigor del nuevo marco normativo europeo contra el abuso de mercado
- Para reforzar la integridad del mercado y establecer mecanismos de implementación y supervisión homogénea
- Afectan a las obligaciones de notificación de operaciones de consejeros y directivos
- Cuyo plazo de comunicación se reduce a un máximo de tres días a partir de la fecha de la operación
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha actualizado las condiciones de comunicación de información de operaciones tras la entrada en vigor, el pasado 3 de julio, del nuevo marco normativo europeo contra el abuso de mercado, cuyo objetivo es reforzar la integridad del mercado y establecer mecanismos de implementación y supervisión homogénea en los diferentes estados miembros de la Unión Europea.
El pasado 3 de julio ha entrado en aplicación el nuevo marco normativo europeo contra el abuso de mercado que tiene como objetivo reforzar la integridad del mercado y establecer mecanismos de implementación y supervisión homogénea en los diferentes estados miembros de la Unión Europe, explica el regulador.
Estas normas se han desarrollado mediante reglamentos de ejecución y delegados que abordan aspectos de especial relevancia como: listas de iniciados, programas de recompra y estabilización, recomendaciones de inversión, intereses particulares y conflictos de interés, indicadores de manipulación de mercado, notificación de prácticas abusivas u órdenes u operaciones sospechosas, prácticas de mercado aceptadas, prospecciones de mercado, operaciones de directivos.
En este contexto, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha considerado necesario informar al sector respecto a determinados cambios en las obligaciones y modificaciones en los procesos y formatos de comunicación de la información. En consecuencia , ha difundido varios comunicados relativos a:
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LOS CONSEJEROS DEBERÁN INFORMAR EN UN PLAZO DE TRES DÍAS
Lo más importante son las obligaciones de notificación de operaciones de consejeros y directivos, cuyo plazo de comunicación se reduce a un máximo de tres días a partir de la fecha de la operación
1) Obligaciones de notificación de operaciones de consejeros y directivos: Se detallan, de acuerdo con el artículo 19 del Reglamento U E nº 596/2014 de 16 de abril, los requisitos y los modelos de comunicación. Lo más importante son las obligaciones de notificación de operaciones de consejeros y directivos, cuyo plazo de comunicación se reduce a un máximo de tres días a partir de la fecha de la operación.
2) Prospecciones de mercado: Se regulan en el artículo 11 del Reglamento UE nº 596/2014 de 16 de abril sobre A buso de ercado , desarrollado por el Reglamento Delegado (UE) 2016/960 y e l Reglamento de Ejecución (UE) 2016/95 9 . En el comunicado se informa al sector que quedan sin efecto los criterios de la CNMV sobre operaciones de colocación o compra de grandes paquetes accionariales aprobados por el Consejo de la CNMV d el 19 de diciembre de 2007.
3 ) Contratos de liquidez. Las prácticas de mercado aceptadas se regulan por el artículo 13 del Reglamento sobre abuso de mercado y el Reglamento Delegado (UE) 2016/908. La CNMV ha notificado a ESMA los contratos de liquidez a efectos de su aceptación como práctica de mercado bajo la nueva normativa y trabaja en la preparación de una nueva circular.
4) Programas de recompra. Se regulan por el artículo 5 del Reglamento sobre abuso de mercado y el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052. Los programas de recompra deberán ajustarse a lo previsto en la nueva normativa, en particular en lo que se refiere a las condiciones para operar, las restricciones aplicables y las obligaciones en materia de transparencia.
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