El Gobierno amplía el impuesto a la banca a las entidades extranjeras

Y remarca como "temporal" el impuesto a las grandes fortunas

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Europa Press | 10 nov, 2022

Actualizado : 21:04

El PSOE y Unidas Podemos han propuesto incluir un impuesto "temporal" a las grandes fortunas en la proposición de ley de los gravámenes a energéticas y entidades financieras, que actuará como complemento al impuesto sobre el patrimonio. En su lista de enmiendas conjuntas, los partidos que conforman el Ejecutivo determinan que la prestación del gravamen a bancos se exija también a las sucursales en España de entidades de crédito extranjeras sujetas al control del Banco Central Europeo.

Según explican ambos grupos parlamentarios en la lista de enmiendas, a las que ha tenido acceso Europa Press, el impuesto de grandes fortunas complementará al del patrimonio con el objetivo de aquellos patrimonios que superen los 3 millones de euros no sean objeto de cesión por parte de las comunidades autónomas.

Pese a quienes exigen que sea un impuesto permanente, las enmiendas de PSOE y Podemos remarcan que su ámbito será temporal, con una vigencia de dos años, de manera que resulte aplicable en los dos primeros ejercicios en que, a partir de su entrada en vigor, se devenga dicho impuesto. Eso sí, se introduce una cláusula de revisión, para efectuar una evaluación de sus resultados al final de su vigencia y valorar su mantenimiento o supresión.

UNA ESCALA PROGRESIVA HASTA EL 3,5%

El gravamen del impuesto sigue la siguiente escala: un tipo del 1,7% para los patrimonios de entre 3 y 5,3 millones de euros; del 2,1% para los patrimonios entre 5,3 y 10,6 millones, y del 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10,6 millones de euros.

Para la determinación de la base imponible de este impuesto resultarán aplicables las reglas contenidas en la ley del impuesto del patrimonio. Eso incluye, por ejemplo, una reducción en concepto de mínimo exento de 700.000 euros.

El impuesto se devengará el 31 de diciembre de cada año. Esto significa que se tendrá en cuenta el patrimonio a 31 de diciembre de 2022 y el impacto recaudatorio correspondiente se notará en 2023. Asimismo, se tendrá en cuenta el devengo a 31 de diciembre de 2023 y el impacto recaudatorio correspondiente se notará en 2024.

PSOE y Podemos han aclarado que la configuración del tributo evita la doble imposición, al permitir que la cuota abonada por el impuesto sobre el patrimonio sea totalmente deducible en este impuesto.

Por otra parte, también se habilita la potestad del gravamen sobre las participaciones accionariales en entidades no residentes con activos inmobiliarios subyacentes radicados en España. A juicio de PSOE y Podemos, esto corrige una "discriminación injustificada" respecto del residente, ya que la persona extranjera elude el gravamen por el hecho de interponer una persona jurídica no residente.

"UNA MUESTRA DE SOLIDARIDAD"

El Gobierno justifica el gravamen con dos finalidades. Por un lado, la recaudatoria, a fin de exigir "un mayor esfuerzo" a los más ricos en tiempos de crisis energética y de inflación, que el Ejecutivo entiende como "una muestra de solidaridad de las grandes fortunas".

En segunda instancia, el Gobierno basa su propuesta en una apuesta armonizadora, con el objetivo de disminuir las diferencias en el gravamen del patrimonio en las distintas comunidades autónomas, especialmente para que la carga tributaria de los contribuyentes residentes en aquellas autonomías que han suprimido, total o parcialmente, el gravamen del impuesto del patrimonio no difiera sustancialmente de la de los contribuyentes de aquellas en las que no se ha optado por reducir la tributación de dicho tributo.

EL GRAVAMEN ENERGÉTICO AFECTARÁ SOBRE TODO A PETROLERAS Y GASISTAS

En lo que respecta a los afectados por el gravamen energético, estos serán las personas o entidades que desarrollen en España actividades de producción de crudo de petróleo o gas natural, minería de carbón o refino de petróleo y que generen, en el año anterior del nacimiento de la obligación de pago de la prestación, al menos el 75% de su volumen de negocios a partir de actividades económicas en el ámbito de la extracción, la minería, el refino de petróleo o la fabricación de productos de coquería.

No obstante, estarán eximidos los "operadores principales", de acuerdo con la normativa reguladora de los mercados y la competencia, cuyo importe neto de la cifra de negocios correspondiente a 2019 sea inferior a 1.000 millones de euros.

El Gobierno ha aclarado que los fondos recaudados mediante el gravamen a empresas energéticas irán destinados a medidas de apoyo financiero a los clientes finales de energía, especialmente a los hogares vulnerables, para mitigar los efectos de los elevados precios de la energía.

Estos recursos también se destinarán a medidas de apoyo financiero para contribuir a la reducción del consumo de energía, mediante subastas o sistemas de licitación de reducción de la demanda, u otras medidas para ayudar a las empresas de sectores de gran consumo energético. También se destinarán para reducir la autonomía energética de Rusia y a la financiación de medidas para reducir los efectos perjudiciales de la crisis energética.

Asimismo, tendrán como objetivo financiar medidas para hacer frente al incremento coyuntural de los gastos derivados de las políticas dirigidas a mitigar el impacto en los precios producido por la invasión de Ucrania por Rusia.

MODIFICACIONES DEL IMPUESTO AL PATRIMONIO

En lo relativo al impuesto sobre el patrimonio, se considerarán situados en territorio español los valores representativos de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad, no negociados en mercados organizados, cuyo activo esté constituido en al menos el 50%, de forma directa o indirecta, por bienes inmuebles situados en territorio español.

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