ERTE, pensiones, moratorias, autónomos... las claves de la última prórroga del Gobierno
La mayoría de las medidas del escudo social ante la pandemia se amplían hasta el 31 de mayo
Actualizado : 09:08
Cuatro meses quedan para que el escudo social puesto en marcha por el Gobierno con motivo de la pandemia caduque. En estos días, los distintos ministerios han conseguido acordar la prórroga de medidas como los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), las ayudas a los autónomos o las moratorias al alquiler, la hipoteca o los créditos. Además, se acaba de hacer efectiva la subida de las pensiones, la última antes de la nueva fórmula que las actualizará.
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Se prorrogan de todos los ERTE por fuerza mayor relacionada con el Covid-19 hasta el 31 de mayo y se podrán seguir aplicando los ERTE tanto de impedimento como de limitación vigentes hasta la fecha. Además, no será necesario tramitar otro nuevo expediente, pues bastará con aplicar sin solución de continuidad las medidas correspondientes a su nueva situación de limitaciones al desarrollo de la actividad, siempre que comunique el cambio mediante una declaración responsable.
Se mantiene tanto la obligación del mantenimiento del empleo durante un periodo de seis meses como los límites al reparto de dividendos. Continuarán también aplicándose la exención del periodo de carencia, el contador a cero, el aumento del 50% al 70% del porcentaje de cálculo de la base reguladora para quienes hayan consumido 180 días de prestación.
EXONERACIONES
Los sectores ultraprotegidos tendrán unas exoneraciones del 85% para las empresas con menos de 50 trabajadores y del 75% para las que tienen 50 o más. Las exoneraciones serán las mismas tanto para los trabajadores suspendidos como para los que se reincorporen a sus puestos de trabajo.
Las empresas que vean impedido el desarrollo de su actividad en alguno de sus centros de trabajo como consecuencia de las restricciones administrativas para luchar contra la pandemia podrán solicitar un ERTE de impedimento. Estas empresas tendrán una exoneración en sus cotizaciones a la Seguridad Social durante el periodo de cierre y hasta el 31 de mayo de 2021, que será del 100% de la aportación empresarial durante el periodo de cierre y hasta el 31 de mayo si tienen menos de 50 trabajadores y del 90% si tienen 50 trabajadores o más.
Respecto a las empresas o entidades que vean limitado el desarrollo de su actividad en algunos de sus centros de trabajo como consecuencia de decisiones o medidas adoptadas por autoridades podrán solicitar a la autoridad laboral un ERTE por limitaciones. En este caso, las exoneraciones serán decrecientes hasta el 31 de mayo destacando, además, que estas empezarán por el 100% en febrero para empresas de menos de 50 trabajadores y del 90% para aquellas de 50 trabajadores o más.
AUTÓNOMOS
Las ayudas vigentes para trabajadores autónomos también se amplían hasta el 31 de mayo, aunque con algunas modificaciones. Así, se seguirá articulando en torno a cuatro ayudas: la prestación por suspensión de actividad, la prestación compatible con la actividad cuando haya caída de ingresos, prestación extraordinaria para quienes no puedan acceder a las dos ayudas anteriores y prestación para autónomos de temporada.
La prestación por suspensión de actividad está dirigida a aquellos trabajadores autónomos con una suspensión temporal de toda su actividad por decisión administrativa. La cuantía de la prestación es del 50% de la base mínima de cotización, cantidad que se incrementa un 20% si el trabajador autónomo es miembro de una familia numerosa. El autónomo quedará exonerado de pagar las cuotas a la Seguridad Social, aunque ese periodo le contará como cotizado.
Por su parte, la prestación compatible con la actividad flexibiliza en esta nueva prórroga el requisito de ingresos. Así, la podrán solicitar aquellos trabajadores cuya facturación en el primer semestre de 2021 caiga el 50% (antes era el 75%) frente al segundo semestre de 2019. El importe de esta prestación es el que corresponda por su base de cotización. Quienes no cumplan los requisitos para acceder a esta prestación ni al cese ordinario podrán solicitar una ayuda extraordinaria, cuya cuantía es del 50% de la base mínima de cotización, estando igualmente exonerado de abonar las cuotas.
MORATORIAS
Se amplía hasta el próximo 9 de mayo la posibilidad de solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta, cuando el arrendador sea un gran tenedor o entidad pública con objeto de atender a determinadas situaciones de vulnerabilidad que puedan producirse más allá del 31 de enero, actual fecha de finalización del referido plazo. Todo ello como consecuencia de la situación derivada de la evolución de la pandemia y tratándose de una medida que no afecta a pequeños propietarios de vivienda.
Del mismo modo, se ha hecho con los contratos de arrendamiento de vivienda que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses, en los mismos términos y condiciones del contrato en vigor. Eso sí, siempre que las partes no hubiesen llegado previamente a un acuerdo distinto y que el propietario, persona física, no hubiese comunicado la necesidad de la vivienda para sí.
PENSIONES
Por otro lado, el Gobierno ha aprobado subir las pensiones contributivas un 0,9% y las no contributivas un 1,8% en 2021. Esta es, además, la última que se se hará a través de un real decreto, ya que está prevista la aprobación este año de una nueva fórmula que actualice las pensiones de manera permanente. "Este va a ser el último año en que las pensiones se revaloricen de forma ad hoc con un real decreto" que supone "una decisión discrecional del Gobierno que está corrigiendo esta reforma de pensiones de 2013 que de facto podía suponer una pérdida de poder adquisitivo importante", ha señalado el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá.
El coste de la revalorización asciende a 1.454 millones de euros y alcanzará a casi 11 millones de pensionistas y 11,12 millones de pensiones. Una vez aplicados los incrementos para las pensiones aprobados, la de jubilación para mayores de 65 años, con cónyuge a cargo, alcanza los 851 euros al mes, lo que supone 11.914 euros al año. La pensión máxima para 2021 se sitúa en 2.707,49 euros al mes y 37.904,86 euros anuales.
Además, se ha prorrogado durante este año la cláusula de salvaguarda de las pensiones con efectos retroactivos desde el 1 de enero. De esta manera, los que salieron del mercado de trabajo antes del 1 de abril de 2013 y no se pudieron reincorporar después se les aplique el régimen de pensiones para la jubilación preexistente a la reforma de 2011.
INGRESO MÍNIMO
En cuanto al Ingreso Mínimo Vital (IMV), el Gobierno estudia modificar los umbrales de renta por los que se accede a él con el objetivo de llegar a los hogares que se habían previsto, unos 800.000. Según ha reconocido Escrivá, hasta el momento unos 200.000 los que han percibido esta prestación.