El propósito de año nuevo de Montoro: cumplir con Bruselas y no 'maquillar' más las estadísticas de morosidad
El método de Hacienda para calcular el plazo de pago de las administraciones públicas 'regala' 30 días a las administraciones
- La Comisión Europea ha pedido en varias ocasiones a España que corrija esta desviación
- Entre empresas, el periodo de pago máximo fijado por ley es de 60 días
El plazo en el que las administraciones públicas pagan sus facturas se ha venido reduciendo poco a poco en los últimos años, pero no es tan bajo como presume Hacienda. Los últimos datos, correspondientes al mes de agosto, reflejan que la media se sitúa en los 28,25 días, cuando el límite es de 30, aunque el departamento que dirige Cristóbal Montoro usa un pequeño truco a la hora de calcular el periodo de pago a proveedores que le permite 'ganar' un mes, algo que ha provocado que Bruselas dé un toque de atención a España.
Hacienda asegura que ya está "estudiando" el requerimiento de Bruselas para ajustar el método a los baremos europeos
De momento no hay cambios previstos en el Plan de Pago a Proveedores pese al aviso de la Comisión Europea. Los funcionarios comunitarios ya habían expresado a Hacienda su preocupación ante la rebaja 'artificial' de la tasa de impago público que hacía el Gobierno al hacer estos cálculos, pero al no lograr los resultados esperados el pasado mes de febrero el Ejecutivo europeo decidió dar un paso más y reclamar a España un cambio legislativo para dejar de incumplir la directiva contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Esta normativa, de 2011, obliga a las administraciones públicas a abonar las facturas en un máximo de 30 días, un plazo que sólo puede prorrogarse hasta los 60 días en casos excepcionales. Además, permite que, en caso de pago fuera de tiempo, las pymes y autónomos puedan reclamar intereses de demora, e incluso un mínimo de 40 euros de compensación por cada factura impagada. En aquel momento se habló de que Bruselas había dado un plazo de dos meses al Gobierno para tomar cartas en el asunto, aunque todavía no se ha producido ninguna modificación al respecto de la norma vigente en España.
Desde el Ministerio de Hacienda aseguran que la Comisión Europea no dio ningún plazo y que ya están trabajando en ello. “Este punto está en estudio, como se hace con cualquier otra instrucción que se recibe desde Europa”, afirman fuentes del departamento que dirige Montoro. Eso sí, no dan plazos para la resolución de este problema, lo que no ven demasiado bien desde la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM), que fue la que llevó al Ejecutivo comunitario esta desviación y que exige que el cálculo se haga de forma correcta.
Pilar Ferrer, directora ejecutiva de esta plataforma, explica que Hacienda empieza a contar el periodo de pago un mes después de la recepción de la factura, con lo que automáticamente se 'regala' a las administraciones 30 días de plazo. Por tanto, “al dato que ofrece el Ministerio hay que sumarle 30 días”, con los que se está favoreciendo al deudor y que provocan que se incumplan los periodos de pago máximos que fijan tanto la normativa española como la europea.
Las últimas cifras dadas a conocer por Hacienda, correspondientes al mes de agosto, apuntaban a una subida de 5,09 días del periodo medio de pago de las comunidades autónomas. No obstante, el Ministerio 'presumía' de que pese a ello, y por noveno mes consecutivo, el periodo de pago se situaba por debajo de los 30 días. Aunque Ferrer insiste en que no es realmente así por el truco que usa este departamento. La experta reconoce que “se mejora lentamente”, pero también afirma que “aún falta mucho” para que España se equipare a otros países europeos que abonan las facturas en un máximo de 20 días, como es el caso de los nórdicos.
Asimismo, la responsable de la PMcM destaca que la propuesta de Ciudadanos, que ha presentado una normativa para fijar un régimen sancionador si se incumplen los plazos, y que debe ser votada en el Congreso, “marcaría un antes y un después”. Y señala que la reciente aprobación de la nueva Ley de Contratos del Sector Público es “un gran avance”, ya que “termina con la ambigüedad en la interpretación de los plazos de pago de los proveedores” y elimina la posibilidad de pactar plazos superiores al establecido por la ley entre el proveedor y subcontratista. Esta normativa entrará en vigor transcurridos cuatro meses desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
¿Y QUÉ PASA EN EL SECTOR PRIVADO?
Pero la administración no es la única que paga tarde. El sector privado (denominado b2b) tampoco abona sus facturas dentro de tiempo. Una reciente encuesta de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (realizada entre sus socios) desvela que el 57% de las empresas señala a las grandes compañías como las que peor pagan sus facturas, mientras que las pymes son las que cuentan con una percepción más positiva. Además, por áreas de actividad, el sector de la Construcción e Inmobiliario es el más 'informal' a la hora de cumplir los plazos de pago, ya que a él apuntan el 66% de los encuestados, frente al de la Energía, considerado como el mejor a la hora de abonar las facturas (sólo un 1% se quejan de él).
Entre las empresas, la Ley de Morosidad establece un periodo máximo de pago de 60 días, aunque según la PMcM el 79% de los encuestados reconocen que frecuentemente les ofrecen contratos con plazos muy superiores, lo que hace que los pagos se realicen con más retraso del debido.
Entre empresas, las grandes compañías son las que peor pagan sus facturas, mientras que las pymes cuentan con una percepción más positiva
Este extremo lo confirma Pablo Hernández, responsable del 'Boletín de Morosidad y Financiación Empresarial' que publica la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (Cepyme), el último con datos correspondientes al primer trimestre. Según este experto, la ley “no es muy efectiva” y actualmente el periodo medio de pago está en “80 días”. El problema, dice, es que generalmente se retrasa el pago por distintos motivos, aunque la principal explicación es que muchas empresas “esperan a comprobar que lo que se ha firmado es lo que se ha transaccionado” antes de pagar. Es decir, el deudor pone en marcha este “mecanismo de salvaguarda” con el objetivo de “comprobar que el acreedor ha cumplido”, y esto retrasa el pago de las facturas.
Hernández, además, apunta al sector de la Construcción y al Textil como los que más se retrasan, frente al Alimentario y de Distribución, que es el que mejor cumple con los periodos establecidos pro ley. También confirma que entre las empresas, “cuando mayor es su tamaño más tarde pagan”, y recuerda que aunque existe la posibilidad de cobrar intereses de demora por el retraso en el abono de las facturas, “casi nunca se aplican”.
Bajo su punto de vista, en España los periodos de pago son más largos porque “a diferencia de otros países, los deudores son más desconfiados con los acreedores”, y prefieren asegurarse de que se han cumplido los términos acordados antes de pagar nada. Y esto, además de la demora, genera otros problemas. “El coste de la morosidad va más allá del mero retraso del pago, provoca una falta de liquidez que puede generar un desequilibrio muy fuerte en la operativa de la empresa acreedora”, señala Hernández, que insiste en que “el coste no es sólo financiero” y dice que para algunas pymes puede suponer la “ruina”.