Economía.- Estrasburgo resuelve la denuncia de CCOO para elevar el coste del despido, tras el fallo favorable a UGT
MADRID, 12 (EUROPA PRESS)
El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) del Consejo de Europa ha tomado una decisión sobre la denuncia presentada por parte del sindicato Comisiones Obreras en relación a que el derecho español no se adecua a la Carta Social Europea en materia de despido improcedente, ya que no es lo suficientemente disuasorio y limita la indemnización en términos económicos.
Así lo han indicado desde el CEDS en un comunicado, donde han afirmado que Estrasburgo tomó una decisión durante la sesión plenaria celebrada la semana pasada, que no se hará pública hasta "a más tardar" cuatro meses después de que haya sido comunicada al Gobierno de España o hasta que el Ejecutivo haya adoptado una resolución o recomendación sobre la decisión tomada por el Comité.
Fuentes de CCOO han asegurado a Europa Press que por el momento no han recibido ninguna notificación por parte del Comité Europeo en relación a la demanda, por lo que se mantienen "a la espera" para poder analizar el fallo.
El sindicato CCOO denunció ante Estrasburgo el pasado 18 de noviembre de 2022 que el derecho español vulneraba el artículo 24 de la Carta Social Europea referida a la protección de los trabajadores en caso de despido. Así, la denuncia del sindicato indicaba que el derecho español no permite a los trabajadores reclamar una indemnización vinculada al daño real sufrido en caso de despido improcedente ni permite que esta sea "mínima, accesible y efectiva" para que tenga un efecto disuasorio.
De igual manera, tal y como se desprende del comunicado emitido por el CEDS, desde CCOO denuncian que la indemnización por despido improcedente resulta insuficiente para atender el daño sufrido como consecuencia de sucesivos contratos temporales celebrados en fraude de ley, especialmente en el caso de trabajadores con contratos temporales en la Administración Pública, ya que perciben una indemnización inferior a la prevista en los casos de despido improcedente.
El sindicato encabezado por Unai Sordo también ha denunciado que el derecho español incumple con la Carta Social Europea en materia de despido porque los tribunales no están autorizados a ordenar la readmisión como remedio adecuado ante un despido improcedente, con independencia de las circunstancias y la conducta de las partes ni como remedio adecuado en situaciones en las que se establezca que el despido es un acto fraudulento destinado a apartar a los trabajadores de su empleo como medio de impedir el ejercicio de los derechos que les puedan corresponder.
La denuncia presentada por CCOO es similar a la que UGT presentó ante el CEDS alegando que la reforma laboral de 2021 no había revertido todas las medidas introducidas en 2012 por el Gobierno de Mariano Rajoy y que el coste del despido improcedente en España no era disuasorio.
Sobre la demanda de UGT, el Comité Europeo de Derechos Sociales falló contra España, por 13 votos a 1, al considerar que la regulación de la indemnización por despido improcedente en España "viola" el artículo 24 de la Carta Social Europea y que el derecho a una indemnización adecuada u otra reparación apropiada en el sentido que establece dicha Carta "no está suficientemente garantizado" por el derecho español.
DÍAZ SE HA COMPROMETIDO A REFORMAR EL DESPIDO IMPROCEDENTE
Por su parte, tras conocerse el fallo del CEDS sobre la demanda de UGT del pasado julio, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, trasladó su compromiso de reformar el despido improcedente para adecuardo a la legislación europea.
"Todo lo que deriva del Comité se convierte en fuente de Derecho en España", recalcó Díaz tras conocerse el fallo íntegro del Comité Europeo, a la vez que aseguró que el Gobierno cumplirá con las normas europeas y, por tanto, "dará seguridad a las empresas y a los trabajadores".