ep archivo   la cnmv levanta la suspension de cotizacion de siemens gamesa tras confirmar su matriz
Marta Fernández - Europa Press - Archivo

Los consejeros ejecutivos del Ibex cobraron, de media, 54 veces más que sus empleados en 2022, según el Informe Anual de Remuneraciones de los Consejos (IARC) publicado por la Comisión Nacional de los Mercados de Valores (CNMV). En comparación con 2021, la cifra se ha reducido, ya que ese año el múltiplo fue de 60 veces.

Entre el total de empresas cotizadas, la media fue de 31 veces, frente a las 32 del año anterior. Si se tiene en cuenta únicamente las sociedades que no forman parte del principal selectivo español, el múltiplo fue de 17 veces. Al igual que en 2021, la retribución media de los consejeros no ejecutivos en 2022, sin tener en cuenta los conceptos extraordinarios, fue de casi 3 veces la remuneración media de los empleados.

En general, las remuneraciones medias de los consejeros se redujeron en general el pasado año, tanto para los ejecutivos como para los no ejecutivos.

La retribución de los consejos de administración de las sociedades cotizadas disminuyó un 4,4% en 2022, debido, entre otros motivos, a las retribuciones extraordinarias habidas en el ejercicio anterior, derivadas del cese de consejeros en una sociedad.

Aunque en 2022 también hubo retribuciones extraordinarias, estas fueron de menor importe que las del ejercicio anterior. Sin estas retribuciones extraordinarias, el descenso hubiera sido del 2,6%.

La retribución media de los consejeros ejecutivos disminuyó un 4,3% (situándose en 1,6 millones de euros,) y la de los consejeros no ejecutivos un 8,4% (hasta 153.000 euros).

En cuanto a la brecha salarial por género, la retribución de las consejeras ejecutivas es un 0,3% mayor que la de los consejeros masculinos, diferencia que aumenta hasta el 41,7% en el caso de la mayor remuneración media de las consejeras ejecutivas del Ibex frente a los consejeros ejecutivos masculinos del mismo índice. Sin embargo, el reducido número de ejecutivas resta representatividad a dicho promedio. En el caso de los consejeros no ejecutivos, la remuneración de los hombres es un 20% superior al de las mujeres.

La CNMV añade que, al igual que el año anterior, entre los aspectos susceptibles de mejora, sería conveniente que se mejorasen las explicaciones sobre la evaluación que se hace del grado de cumplimiento de los parámetros no financieros a los que está vinculada la retribución variable de los consejeros. También sería deseable que se explicaran con más detalle las variaciones más significativas producidas en los ejercicios sobre los que se informa.

SEGUIMIENTO DEL CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO

Además, la CNMV ha publicado el Informe anual de Gobierno Corporativo (IAGC). En él se refleja que en 2022, el grado de seguimiento del Código de Buen Gobierno fue del 86,8% de las recomendaciones, algo más que el año anterior. Además, se siguieron de forma parcial otro 7% (7,3% en 2021), por lo que el seguimiento total o parcial ascendió al 93,8% de las recomendaciones, un nivel similar al de 2021.

Cabe destacar que el 51,2% de las compañías (47,9% en 2021) siguió el 90% al menos de las recomendaciones del nuevo Código y seis declararon cumplir el 100% (una más que en 2021). Por el contrario, dos empresas (mismo número que en 2021) registraron un grado de seguimiento inferior al 60%.

Todas las sociedades cotizadas declararon haber seguido las recomendaciones número 12, que el consejo se guíe por el interés social; número 21, que el consejo de administración no proponga la separación de ningún consejero independiente antes del cumplimiento del período estatutario para el que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el consejo de administración previo informe de la comisión de nombramientos; número 23, que todos los consejeros expresen su oposición cuando consideren que alguna propuesta es contraria al interés social; número 28, que cuando los consejeros manifiesten preocupación sobre alguna propuesta y no queden resueltas, se deje constancia de ellas en el acta; número 43, que la comisión de auditoría pueda convocar a cualquier empleado o directivo; y número 49, que la comisión de nombramientos consulte al presidente del consejo de administración y al primer ejecutivo de la entidad. Y que cualquier consejero pueda solicitar de la comisión de nombramientos que tome en consideración potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero).

Por el contrario, las recomendaciones que menos se siguieron, tanto de manera absoluta como parcial, continuaron siendo las relativas a las nuevas prácticas que recomienda el Código sobre que las sociedades de elevada capitalización cuenten con una comisión de nombramientos y con una comisión de retribuciones separadas (recomendación 48), y sobre que la remuneración variable de los consejeros esté vinculada a la entrega de acciones (recomendación 61).

Noticias relacionadas

contador