Cerro Verde debe pagar a Estado peruano US$82 millones en regalías, dice fallo judicial
La Sexta Sala Especializada en temas Tributarios y Aduaneros de la Corte Superior de Justicia de Lima falló a favor de la Sunat y en contra de la minera.
La Sunat afirma que Cerro Verde, controlada por Freeport McMoRan, Sumitomo y Buenaventura, omitió el pago de regalías mineras por la producción de la planta entre octubre y diciembre del 2006, y enero y diciembre del 2007.
La Sexta Sala Especializada en temas Tributarios y Aduaneros de la Corte Superior de Justicia de Lima falló a favor de la Sunat y en contra de la minera Cerro Verde. Según la resolución de esta sala, Cerro verde debe pagar al Estado peruano poco más de S/286 millones (US$82 millones al tipo de cambio actual) en regalías por la producción de la Planta de Flotación de Sulfuros Primarios, que opera desde el 2006.
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Según la resolución de esta sala, Cerro verde debe pagar al Estado peruano poco más de S/286 millones (US$82 millones al tipo de cambio actual) en regalías por la producción de la Planta de Flotación de Sulfuros Primarios, que opera desde el 2006.
Es esta un victoria agridulce para la Sunat, el ente recaudador peruano, que demanda a la minera S/800 millones (US$230 millones) por las regalías y las multas que esta planta de flotación que opera Cerro Verde en el departamento de Arequipa no ha pagado. La Sunat afirma que Cerro Verde, controlada por Freeport McMoRan, Sumitomo y Buenaventura, omitió el pago de regalías mineras por la producción de la planta entre octubre y diciembre del 2006, y enero y diciembre del 2007.
En su defensa, Cerro Verde argüye que no debe pagar regalías por operar esta planta puesto que existe un contrato de estabilidad tributaria que firmó en 1998. En resumen, y esta es la interpretación de la minera Cerro Verde, el contrato de 1998 le da el derecho a la empresa a no pagar tributos creados luego de ese año.
En efecto, existe ese contrato aunque su alcance, según la Sunat y el Ministerio de Energía y Minas, no es total sino limitado. Los contratos de estabilidad solo tienen alcance tributario, cambiario y administrativo, mas no las regalías, que son aportes económicos creados en 2004. La planta de flotación fue fundada luego del 2004, por tanto debe pagar regalías, razona la Justicia peruana. “Lo alegado por el demandante no se ajusta a lo establecido por la ley y el reglamento”, alega el fallo.
Cerro Verde es un gran productor de cobre. No hace mucho acaba de culminar los trabajos de ampliación de su capacidad de producción, en los que ha invertido más de US$4,000 millones.
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