Confirmado, los arriendos en Colombia podrán subir un máximo de 5,75 % en este año
Fedelonjas precisó cuáles son las condiciones que se deben cumplir para realizar las alzas y confirmó que ésta es regida por el dato de la inflación para el año anterior.
Los cánones de arrendamientos de vivienda urbana durante 2017 se elevarán al mismo ritmo de la inflación causada durante el año anterior como lo estableció la Ley 820 de 2003.
La presidenta de la Federación de Lonjas de Propiedad Raíz, Fedelonjas, María Clara Luque, precisó que este ajuste y las condiciones para hacerlo son importantes para el país donde viven en arriendo cerca de 17 millones de colombianos, según cifras del DANE.
La directiva gremial aclaró que los arrendamientos no se incrementan todos automáticamente en enero de este año, sino cuando el contrato cumple 12 meses de haberse firmado o del último ajuste del canon.
La presidenta de FEDELONJAS precisó, así mismo, que los reajustes no aplican para contratos de arrendamiento de bienes inmuebles para uso comercial, cuyo valor e incremento deberá acordarse entre las partes o de acuerdo a lo que quedó estipulado en el contrato de arrendamiento.
Por otra parte, Fedelonjas recordó que para los contratos de arrendamiento suscritos antes del 10 de julio de 2003, el incremento del canon no podrá superar la meta de inflación fijada por el Banco de la República para el año 2016, es decir, no podrá superar el 3 por ciento del valor del arrendamiento.
Finalmente, el gremio resaltó que el incremento del canon es aplicable sólo al momento de la renovación del contrato de arrendamiento, previa comunicación por parte del arrendador.
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