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Dos personas en la puerta de la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) de la calle de Méndez Álvaro, a 3 de enero de 2023, en Madrid (España). El paro registrado en las oficinas de los servicios públicos de empleo registró en 2022Jesús Hellín - Europa Press - Archivo

Uno de los sectores con menor estabilidad laboral son los trabajadores del sector artístico. Para tratar de paliar esta situación, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha desarrollado una ayuda recogida en el Real Decreto-ley 1/2023, dirigido a la protección del sector artístico, que puede alcanzar los 600 euros de cuantía y tendrá una duración máxima de cuatro meses.

Esta ayuda es compatible con la percepción de derechos de propiedad intelectual y derechos de imagen, pero incompatible con el trabajo por cuenta propia o por cuenta ajena, o con cualquier otra prestación, renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayudas análogas concedidas por cualquier Administración Pública.

Para poder solicitarla, se podrá hacer de tres formas: a través de la sede electrónica del SEPE, mediante presolicitud online, marcando el subtrámite: "Solicitud de prestación contributiva (alta o reanudación)". Se debe indicar en el campo "Observaciones" que solicitas la 'Prestación especial de artistas' o de forma presencial, acudiendo a una oficina de prestaciones con cita previa en la sede electrónica del SEPE o a través del teléfono 060.

CONDICIONES PARA PODER SOLICITARLA

Para poder solicitar esta ayuda es necesario cumplir una serie de condiciones:

Que, en su caso, desde la fecha de la extinción de la anterior prestación especial hasta la fecha de nacimiento de la nueva prestación especial haya transcurrido, al menos, un año. Además, no tener derecho a un alta inicial de la prestación por desempleo de nivel contributivo ordinaria.

Los solicitantes deben estar afiliados a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada al alta y encontrarse en situación legal de desempleo. Además hay que acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar colocación adecuada a través de la suscripción del acuerdo de actividad incluido en la solicitud de la prestación especial.

Finalmente, no se debe haber cumplido la edad ordinaria para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación, salvo que no dispongan del período de cotización necesario o el contrato esté suspendido o reducida la jornada y hay que estar inscrito como demandante de empleo en el servicio público de empleo correspondiente.

Respecto a si es necesario demostrar días cotizados, hay que acreditar 60 días cotizados por prestación real de servicios en la actividad artística en los últimos 18 meses. También podrán solicitarla los que acrediten 180 días de alta en Seguridad Social por prestación real de servicios en la actividad artística o regularizaciones anuales ya efectuadas en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo.

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