El IFT resolvió cerrar expediente de denuncia contra Telcel por prácticas monopólicas
La denuncia fue presentada en 2010 y según el Instituto Federal de Telecomunicaciones, la empresa de América Móvil ya había sido juzgada antes por el mismo hecho
- Cablevisión, Cablemás Telecomunicaciones y Televisión Internacional fueron las denunciantes
- El IFT emitió Criterio Técnico para medir concentración de mercado
Telcel ha salido bien librado de una denuncia en su contra por prácticas monopólicas, ya que el pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) “resolvió decretar el cierre del expediente por la denuncia presentada en 2010”, en contra de la empresa propiedad de América Móvil.
Los denunciantes fueron Bestphone, Cablevisión, Cablemás Telecomunicaciones y Televisión Internacional, quienes acusaron a Telcel por la realización de prácticas monopólicas, según informó el IFT.
Pero de acuerdo con un comunicado emitido por el órgano regulador, “una vez analizadas las defensas presentadas por Telcel, se concluyó que resultaba fundado y suficiente el argumento presentado por la compañía de telecomunicaciones para decretar el cierre del expediente”.
Así, “el Pleno del IFT resolvió decretar el cierre del presente expediente, en atención a que la conducta imputada a Radiomóvil Dipsa ya había sido objeto de pronunciamiento por parte de la extinta CFC y de este Instituto en expedientes anteriores”, señaló el órgano regulador.
Argumenta que para ello consideró que en el país nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, toda vez que "la conducta imputada es coincidente, asimismo, involucra el mismo servicio relevante y la misma dimensión geográfica".
El IFT explicó que la denuncia se realizó ante la extinta Comisión Federal de Competencia (CFC), institución que inicialmente la desechó por existir un procedimiento pendiente de resolver, cuyos hechos y condiciones fueron considerados semejantes.
En el país nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito: IFT
CRONOLOGÍA DE LOS HECHOS
Pese a lo anterior, el 25 de mayo de 2010, los denunciantes interpusieron recursos de reconsideración que fueron examinados por la CFC.
Por ello, el 3 de junio de 2013, la CFC “decretó el cierre del expediente, en virtud de que, mediante la resolución del expediente había sido restaurado y/o protegido el proceso de competencia y libre concurrencia respecto de los servicios de terminación de llamadas en la red pública de telecomunicaciones de Telcel”.
Dichos servicios fueron los mismos involucrados en los hechos investigados en el nuevo expediente.
En contra de la resolución emitida por el pleno de la CFC el 3 de junio de 2013, los denunciantes demandaron el amparo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), mismo que les fue otorgado.
De esta manera, el 11 de agosto de 2015, la Autoridad Investigadora del IFT, en cumplimiento a lo ordenado por la SCJN en la Ejecutoria, emitió un oficio de probable responsabilidad dentro del expediente mediante el cual se emplazó a Telcel por conductas en contra de sus competidores.
Según el IFT, Telcel cometía “la probable conducta de auto imputarse un costo por la función de terminación de tráfico público conmutado menor a la tarifa que cobraba a terceros concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones fijos, por la misma función pero de las llamadas que se originaban en la red de éstos últimos, con el objeto y /o efecto de aumentar los costos y reducir la demanda que enfrentaban sus competidores”.
Así, el 25 de septiembre de 2015, Telcel presentó su escrito de contestación al oficio referido y ofreció pruebas. Finalmente, el 29 de enero de 2016 se tuvo por integrado el expediente.
El 25 de septiembre de 2015 Telcel presentó su contestación y ofreció pruebas
De esta forma, Telcel logró convencer al órgano regulador de su proceder de acuerdo a la ley y logró que finalmente se cerrara la denuncia en su contra.
MÉTODOS DE CÁLCULO
Por otra parte, para evitar confusiones en un futuro con respecto a temas de preponderancia y concentración de mercados, el pleno del IFT acordó expedir el “Criterio técnico para el cálculo y aplicación de un índice cuantitativo a fin de determinar el grado de concentración en los mercados y Servicios correspondientes a los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión”.
El Criterio Técnico se emite después de haber pasado por un proceso de consulta pública llevado a cabo entre el 26 de octubre de 2015 y el 7 de diciembre de 2015 y servirá para medir el grado de concentración en los mercados correspondientes a los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión
Así, el IFT señaló que “este Criterio Técnico se emite con el objetivo de dar a conocer el índice mediante el cual el Instituto determinará el grado de concentración en los mercados correspondientes a los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión”.
Con ello, añade el reporte, “se pretende contar con una herramienta que permita identificar las concentraciones que tienen poca probabilidad de obstaculizar, disminuir, dañar o impedir la competencia y la libre concurrencia”.
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