En anteriores artículos insistíamos en la importancia de la formalización de este tipo de préstamo entre particulares independientemente de que se trate de familiares o amigos, ya que, a todos los efectos este tipo de préstamos puede tener efectos fiscales que debieran verse protegidos a través de un contrato privado entre partes como mínimo, algo que explicábamos de manera detallada anteriormente.
Uno de los riesgos reales de acceder a un préstamo entre particulares por el que la formalización resulta realmente importante, sobre todo cuando se trata de cantidades de cierta entidad, es el hecho de que una formalización no correcta de este préstamo puede ser entendido por hacienda como un regalo como una donación, debíamos tener en cuenta entonces que pudiera ser obligatorio satisfacer el llamado impuesto sobre donaciones, que, aunque es cierto, no funciona de igual manera en todas las comunidades autónomas de nuestro país y recientemente ha conocido ciertas modificaciones que aumentan las bonificaciones de reducción al hecho fiscal que representan, puede ser un elemento negativo a tener en cuenta en caso de realizarse como decimos de manera no correcta la formalización de este préstamo entre particulares.
Por otro dudamos también tener en cuenta que independientemente del tipo de préstamo establecido entre los particulares, siempre que los objetos de financiación puedan ser por ejemplo la adquisición de un inmueble o la rehabilitación de una vivienda, la repercusión fiscal que dicha financiación entre particulares puede llegar a tener será prácticamente la misma que si se hubiera realizado a través de una entidad financiera, por lo que, efectivamente se puede realizar una reducción del 15% sobre las bases imponibles siempre que éstas no superen determinada cantidad establecida.
En definitiva los préstamos entre particulares son una opción evidentemente válida para las necesidades de financiación de aquellas personas que puedan disponer acceder a este modelo de préstamo, sin embargo, deben ser tratados con los elementos de formalización y control que hemos reflejado en estos dos artículos ya que, de lo contrario, pueden acarrear problemas tanto al prestatario como al receptor, algo que evidentemente no se busca cuando se realiza un acuerdo entre partes como es el caso.