Los prestamistas privados cumplen su función en España como alternativa a la financiación tradicional. Sin embargo, antes de acudir a uno es necesario conocer los riesgos y contar con asesoramiento. Te descubrimos cuáles son sus peligros.
Cuando pensamos en un préstamo lo hacemos habitualmente en términos bancarios. Si necesitamos dinero, acudimos al banco o buscamos otras opciones a través de comparadores o rankings con los mejores préstamos por categoría como los que desde el blog actualizamos cada mes. Si estas alternativas no nos convencen o si nos deniegan el dinero suele llegar el momento de valorar otras alternativas como los préstamos rápidos y similares que tanto se anuncian últimamente en televisión e Internet. Hay quienes quieren llegar más allá y buscan préstamos entre particulares, para los que ya existen plataformas como Comunitae. El problema es que no todos los préstamos entre particulares son tan limpios como los de esa plataforma.
La figura del usurero no es nueva en España y, de hecho, hay leyes que previenen la usura y establecen cuándo un préstamo tiene tal consideración. Sin embargo, los prestamistas privados existen y existirán siempre. La clave en este punto está en saber identificar de cuáles fiarte. En principio, una persona que hace negocio prestando dinero no tiene nada de malo, siempre que lo haga ateniéndose a la legalidad y con condiciones razonables.
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El problema es que muchos préstamos privados los firman personas en una situación económica precaria que necesitan el dinero a toda costa. Los prestamistas particulares lo saben y se aprovechan para lograr condiciones que rozan la usura e incluso abundan en ella.
¿Qué normas rigen los préstamos entre particulares?
Lo primero que hay que tener en cuenta al firmar un préstamo de estas características es que como consumidores estamos protegidos por la ley, que podrá interponer restricciones a las condiciones del propio préstamo. En este sentido, los préstamos de prestamistas a consumidores están regidos por la Ley 2/2009, de 31 de marzo, que sin embargo se centra en los contratos de prestamistas privados hipotecarios, dejando fuera el resto de supuestos. Como bien explica Pau Monserrat el problema es que en este tipo de préstamos y en todos los firmados en España por lo general, el prestatario responderá del préstamo con todo su patrimonio presente y futuro. Dicho de otra forma, que incluso por un préstamo privado sin garantía hipotecaria puede terminar con el embargo y ejecución de la vivienda.
La Ley distingue además entre los intermediarios hipotecarios, que son quienes negocian por el cliente con el banco o intermedian entre éste y la entidad financiera de alguna forma, y los prestamistas privados profesionales, que son quienes efectivamente prestan su dinero o el de terceros. Éstos últimos deben estar dados de alta en el Instituto de Consumo, que registra a los prestamistas privados y permite saber, si una persona es profesional o un usurero ilegal. El problema es que a día de hoy este registro de prestamistas privados siguen sin estar publicado en la web de Consumo.
¿Quien deberá acudir a un prestamista privado?
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Las personas que pertenezcan a las listas de morosos de ASNEF, ya que ningún banco se prestará a conceder créditos a clientes en lista de morosos como RAI o ASNEF.
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Las personas sin nómina, debido a que los bancos tampoco conceden préstamos a personas que no puedan justificar ingresos.
- Aquellas personas que necesiten el dinero de forma urgente. Si necesitamos el dinero para las próximas horas, acudir al capital privado será tu mejor opción, ya que los prestamistas suelen ser rápidos en la concesión.
- Aquellas personas que necesiten unificar deudas, juntando todas, creando así un préstamo nuevo con dos grandes ventajas, ya que ahora tendremos que pagar una sola cuota y menos dinero al mes porque el plazo se estira.
- Los que han sido rechazados por el banco por cualquier otra razón.
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¿Merecen la pena este tipo de préstamos?
Si algo define al dinero de los prestamistas privados es que no es barato, más bien todo lo contrario. Este tipo de préstamos cuentan con tipos de interés altos y condiciones adicionales que no suele ser recomendable firmar sin un abogado o un profesional del sector. Sin embargo, el mayor riesgo suele estar en el propio prestatario, quien pide el préstamo. Por optimismo, necesidad o simple desconocimiento, muchas veces el usuario piensa que será capaz de devolver el dinero cuando el prestamista privado suele tener más claro si esto será o no posible.
Además, los prestamistas privados se encuentran regulados por el Banco de España y por tanto, el cliente que solicita aquellos servicios queda desamparado en caso de posibles abusos por parte de las entidades. Además, para prestar el dinero exigen únicamente como documentación tu número de DNI y la garantía hipotecaria como aval, haciendo que si no es posible devolver el dinero el prestamista puede sacarla a subasta pública. Esto es verdaderamente peligroso puesto que las personas que buscan este tipo de producto generalmente están desesperadas y son capaces de firmar cualquier cosa para poner fin a su mala situación económica.
El resultado es que muchos prestamistas saben que no les devolverán el dinero y por ello obligan a que aparezcan avalistas adicionales, que también responderán con todo su patrimonio en caso de impago, o saben que hay una vivienda o bien que deberá ejecutarse. Este es, de hecho, el mayor peligro de estos préstamos.
Esto no quiere decir que no haya situaciones donde pueden ser útiles como un último recurso. Si, por ejemplo, prevemos cobrar una herencia y no disponemos de capital para hacer frente al pago de impuestos, puede ser una buena idea contratar estos préstamos hasta que recibamos los bienes y los liquidemos, procediendo entonces a devolver el dinero.
Existen ciertas asociaciones como Facua, que se han manifestado abiertamente ante la impunidad con la que actúan estos prestamistas ya que constan como particulares pese a estar ejerciendo funciones propias de una empresa. Así, las personas que buscan dinero para saldar una deuda pueden verse afectadas por unos intereses sumamente elevados, que se pueden llegar a disparar hasta el 80%. No existe un límite real para el aval (sobretodo si va destinado al consumo), únicamente si el préstamo es para adquirir una vivienda, en cuyo caso no se puede exigir más de un 2,5% TAE.
Nosotros te recomendamos encarecidamente que huyas de los prestamistas privados si la situación te lo permite, utilizando servicios alternativos como los minicréditos que pese a conllevar unos intereses altos, están regulado de forma legal y figuran como empresas registradas. En la actualidad existen entidades que ofrecen créditos gratuitos si se devuelve el dinero a tiempo, que te podrán ayudar de gran manera ante un impago. Si necesitamos una cantidad mayor y nuestra única opción es un dinero privado, acude siempre con tu abogado financiero y deja constancia por escrito de cualquier decisión legal acerca de cualquier tipo de préstamo.
Yo he visto préstamos en Comunitae al 20%, a lo que tienes que sumar la comisión de apertura, por lo que la Tae, se te va a un 30-40%. Por lo que estando los tipos al 0,5%, eso es usura. Pero bueno, para gustos, los colores.