Crédito Consumo Caixaguissona

El Crédito Consumo Caixaguissona es un préstamo personal destinado a personas físicas cuyo objetivo es la propuesta de financiación al consumo; entendiendo aquí una amplia gama de posibilidades de financiación que van desde la reforma del hogar hasta la realización de un viaje o, simplemente, la necesidad de cubrir un imprevisto.

La entidad nos propone es un producto a interés fijo, que inicialmente se establecen en 8% nominal anual, aunque, queda sujeto al estudio de la operación por parte de la actividad.

Crédito Consumo Caixaguissona

  • Préstamos para jóvenes a 0% de interés

Para un importe máximo de 20.000 €, y sin importe mínimo prefijado, la entidad nos propone un plazo amortización máximo de cinco años, donde tenemos que tener en cuenta el hecho de que al tratarse de un producto a tipo de interés fijo las cuotas se mantendrán inalterables durante la duración de la vida del producto, en este caso independientemente del plazo amortización elegido por el usuario, cuotas compuestas de capital más intereses que deberá ser abonadas el primero de cada mes.

Un punto fuerte de este préstamo reside sin duda derecho de que no nos va a pedir ningún tipo de comisión, algo que por otro lado no resulta del todo infrecuente en los préstamos personales basados en interés de tipo fijo.

Un aspecto que no solemos dedicar mucha atención para realizar este tipo de productos es el de los requisitos y la documentación, aprovecharemos la revisión de este préstamo para acercarnos estos requisitos ya que, responde muy bien a las solicitudes que habitualmente nos encontraremos en este tipo de préstamos independientemente de la entidad.

A la hora de la realización del estudio en operación la entidad nos va solicitar obviamente el ser mayor de edad junto con el documento que lo acredita, en este caso el documento de identidad que deberá acompañarse de las justificaciones correspondientes de los ingresos estables, de la antigüedad en la empresa y el tipo de contrato que se posee, así como de la situación de recibos de deudas en otras entidades, a lo que en el caso de los trabajadores por cuenta ajena deberá sumarse tanto la fotocopia de la declaración de renta y patrimonio como fotocopias de las dos o tres últimas nóminas, mientras que en caso los trabajadores por cuenta propia habrá de añadirse la fotocopia declaración de I.V.A del último ejercicio.

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