Cuando buscamos financiación hay varias opciones posibles, siempre dependiendo del destino que tenga el dinero que necesitemos. Un prestamo personal, financiacion con tarjeta de credito, y simplemente un préstamo entre familia o amigos puede ser la solucion a nuestra necesidad.
Son habituales los préstamos de padres a hijos como ayuda en la compra de una primera vivienda, un coche, para cursar un máster o finalizar los estudios.
Muchas personas suelen utilizar esta ultima alternativa como una via posible y ventajosa de obtener un prestamo, ya que en algunos casos suponen devolucion con intereses muy reducido o interes 0%.
Asimismo, otra de las ventajas que suelen tener los prestamos entre familiares o amigos es que los plazos de amortización suelen ser más distendidos y si la situación se complica tenemos la posibilidad de renegociar la deuda con una cara amiga.
Si bien los préstamos entre particulares son un mero acuerdo oral, y el derecho español permite la contratación y el pacto verbal, es una operación poco recomendable, ya que puede traer aparejado consecuencias fiscales no deseadas para el prestatario.
Aunque lo más habitual entre familiares o amigos es pactar un prestamos sin tener que devolver intereses, en algunos casos, si se pacta una retribución a cambio, y aquí es donde pueden surgir consecuencias fiscales para quien entrega el dinero, debido a que los intereses son ingresos que el prestamista deberá recoger como rentas del ahorro en su declaración del IRPF, las cuales tributan al tipo fiscal del 18%.
De esta forma, entre las posibilidades que existen para llevar a cabo son un préstamo entre familiares se encuentran:
– La firma de una escritura pública ante notario.
– Realizar un contrato privado entre las partes.
En este sentido, en caso de realizar una escritura pública hay que tener en cuenta que el paso por la notaría conlleva un coste, mientras que confeccionar un documento entre prestador y prestatario es gratis. Este documento debe contener el importe prestado, el plazo de devolución, las personas implicadas con sus datos de identificación, el fin que se le dará al dinero prestado, así como el tipo de interés que se aplicará en la operación, y en caso de que el interés sea cero también debe indicarse por escrito.
Como mencionamos, lo importante es que en el contrato privado o la escritura pública que formaliza el préstamo debe incluir de forma clara y expresa si la operación se realiza con intereses o sin ellos, ya que la ley del IRPF establece lo que se conoce como la presunción de onerosidad. Esto significa que hasta que se demuestre lo contrario, Hacienda siempre considera que todo importe se presta a cambio de unos intereses.
En fin, hay que considerar que por mas que seamos familiares o amigos, lo conveniente es no mezclar las relaciones personales con dinero, ya que no siempre resulta gratificante. Solo debemos tomar las precausiones necesarias para que nada resulte sorpresivo o desagradable.