ICO Sector Manufacturero

Otro de los Préstamos ICO que nos ofrece el Instituto de Credito Oficial es esta financiación orientada a autónomos y empresas industriales de los sectores textil, confección, calzado, muebles, juguetes, curtidos, marroquinería y madera.

ICO Sector Manufacturero esta destinado a financian los proyectos destinados a la mejora de la competitividad de la empresa y la introducción de la innovación en los procesos destinados a la diversificación o especialización de la empresa hacia segmentos de mercado menos afectados por la competencia mundial.

Asimismo podrán financiarse los procesos de concentración empresarial que conlleven nuevas inversiones que se materialicen en la adquisición de Activos Nuevos Productivos.

Con este préstamo ICO podrá financiar hasta el 100% de la inversión a realizar, la parte correspondiente a los gastos ligados a la inversión no podrá superar el 40% del total del proyecto de inversión, con un importe máximo acumulado de 2.500.000 euros en una o varias operaciones dentro del Programa 2009-2011, bajo la modalidad préstamo o leasing.

Cabe destacar que la inverión realizada con este préstamo deberá realizarse en un plazo máximo de 24 meses, desde la fecha de firma del contrato, y no podrán financiarse las siguientes inversiones:

  • Las inversiones anteriores a 1 de enero de 2011
  • Las inversiones en establecimientos comerciales para la distribución al por mayor o al detalle
  • El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

En cuanto al tipo de interés que se aplicará en este tipo de operacíones, el mismo será fijo y se establecerá en función de si las operaciones cuentan o no con aval de Sociedad Garantía Reciproca:

– Sin el aval de una SGR : Tipo variable: euribor 6 meses más diferencial ó tipo fijo: según cotización quincenal comunicada por el ICO, más hasta 1,60%.
– Con el aval de una SGR: Tipo variable: Euribor 6 meses más diferencial ó tipo fijo: según cotización quincenal comunicada por el ICO, más hasta 1,35%

Por su parte el plazo de amortización podrá ser de 5, 7 o 10 años, con la posibilidad de hasta 3 años de carencia, mientras que las entidades de Crédito que ofrecen este préstamo no pueden cobrar comisiones en concepto de comisión de apertura, de estudio o de disponibilidad en esta línea, exceptuando en algún caso de cancelación voluntaria.

Respecto de las garantías, las mismas serán determinadas por la entidad financiera con la que se tramite la operación.

Tendrá tiempo de acceder a esta financiación, hasta el 19 de diciembre de 2011, o antes si se produce agotamiento de fondos, y la tramitación de las operaciones se realiza directamente a través de las entidades de crédito.

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