El supervisor español se ha marcado como objetivo agilizar y facilitar la inscripción de nuevas firmas de inversión, entre ellas las gestoras de fondos, las sociedades y agencias de valores, las empresas de asesoramiento financiero o las plataformas de financiación participativa (o ‘crowdfunding’), entre otras. La CNMV somete ahora a consulta pública una guía técnica al respecto y su meta es llegar a dar su valoración inicial a aquellas compañías de este tipo que quieran empezar a ofrecer sus servicios en el plazo de un mes.
Según fuentes financieras, el plazo medio que las nuevas firmas de inversión tienen que esperar para comenzar sus operaciones y su actividad comercial oscila entre los seis meses y el año, en función del tipo de entidad del que se trate. En algunos casos delicados, incluso supera el año. Con esta nueva medida por parte de la CNMV, los plazos se acortarían notablemente.
“Los procesos de autorización de entidades son, en general, procedimientos laboriosos en los que los promotores han de presentar abundante documentación de acuerdo con la normativa aplicable, una normativa altamente armonizada en la Unión Europea, cada vez más compleja y abundante y que impone condiciones exigentes y muy detalladas para conceder las autorizaciones”, reconoce en su guía técnica el supervisor español.
La CNMV señala que un número importante de proyectos presenta problemas que dificultan su tramitación ágil y eficaz, bien por la complejidad del expediente concreto, por no estar lo suficientemente maduro y definido en los aspectos fundamentales o porque la documentación que se presenta no alcanza un grado suficiente de calidad.
Para agilizar las tramitaciones, se facilitarán “contactos iniciales más estructurados”, que la CNMV denomina como “prenotificación”, destinados a facilitarles la identificación de los aspectos más relevantes para la tramitación de su solicitud con anterioridad al inicio de la tramitación formal del expediente.
El supervisor pondrá a disposición de los promotores, en su página web, formularios relativos a la información sustancial necesaria: composición del accionariado, órgano de administración y funciones de control, grupo consolidable, modelo de negocio, programa de actividades y estructura organizativa. También facilitará un formulario con la relación de la documentación que deben presentar y para chequear la coherencia y suficiencia de la información aportada. La consulta pública de la guía técnica estará abierta para el sector hasta el 30 de septiembre.