Seis cosas que no aparecerán en tu borrador de la renta

El borrador de la renta no es perfecto. Esto es lo primero que debes tener en cuenta cuando lo pides y cuando lo recibes y precisamente por eso siempre hay que revisarlo antes de confirmarlo. Estos son seis elementos que nunca encontrarás en el borrador y que deberás poner a mano.

El borrador de la renta es la interpretación que Hacienda hace de cómo es la declaración de la IRPF de cada contribuyente con los datos que ella posee. Como es lógico, la Agencia Tributaria cuenta con buena parte de la información fiscal de los ciudadanos a través de los datos que las empresas le mandan con las retenciones de IRPF y cotizaciones a la Seguridad y también con la que los bancos remiten sobre los ahorros de los españoles. Sin embargo, esta información no siempre tiene por qué estar completa o ajustarse a la realidad.

Desde EFPA han reunido seis elementos que nunca reflejará el borrador de la renta y que tendrás que revisar por tu cuenta si quieres que tu declaración esté bien hecha y no pagar de más a Hacienda.

Cosas que no verás en el borrador de la renta

Cambio de situaciones personales

La declaración de la renta refleja tu situación personal a 31 de diciembre, pero esto no quiere decir que a la AEAT le interese tu vida privada ni que tenga por qué conocerla. Hay mucha información que Hacienda no tiene y si te has casado, divorciado, has tenido hijos o te han concedido algún grado de invalidez, este no aparecerá reflejado en el IRPF. Es importante revisar estos datos porque pueden suponer un gran cambio para el resultado de tu declaración, aunque sólo sea por los mínimos personales a los que tienes derecho en el caso de los hijos y la consiguiente reducción por maternidad.

Mínimo personal y familiar para 2015

Algunas deducciones

En realidad es fácil que no aparezcan muchas deducciones y reducciones. Desde EFPA recuerdan que el borrador reflejará los datos declarados por los pagadores pero casi siempre habrá tres conceptos que no aparecerán. El primero son las cuotas sindicales, el segundo las cuotas colegiales y el tercero los gastos de defensa jurídica.

Lo que ocurre con estos datos es que  dan lugar a reducciones y deducciones en el IRPF. Dicho de otra forma, permiten pagar menos impuestos, así que si estás dado de alta en el sindicato o pagas cuotas colegiales, siempre que la colegiación sea obligatoria para realizar el trabajo, debes revisar que están incluidas. Del mismo modo, si has tenido que hacer frente a gastos por defensa jurídica relacionadas con tu trabajo, también podrás incluirlos.

Rentas inmobiliarias

Es habitual que Hacienda pase por alto la deducción por alquiler, especialmente en su parte autonómica. Este no es el único error relacionado con la vivienda, ya que el borrador tampoco reflejará tus cambios de residencia porque la AEAT no tiene por qué saberlos, aunque tú estás obligado a comincárselos.

Lo que Hacienda sí suele reflejar en el borrador es la hipoteca, aunque después no siempre traduce de forma correcta estos pagos en deducciones y s has pagado un seguro de hogar o de vida deducible, también es posible que no lo incluya. Del mismo modo, en tu borrador no aparecerá la información referida a derechos de deducción por obras de renovación que también permiten la deducción.

Si has alquilado vivienda como casero, el borrador no reflejará los ingresos ni los gastos a imputar que podrás restar a lo que ganas con el alquiler. En este último caso, es imposible que Hacienda sepa los costes en los que has incurrido por alquilar tu vivienda.

Plusvalías patrimoniales

En el caso de las plusvalías, el problema es que si se han tramitado notarialmente, la AEAT solo informa del precio de venta. Hacienda no incluye los gastos de compra y venta ni los ajustes de precio por la inflación -los famosos coeficientes de abatimiento-. Es más, si has comprado o vendido acciones Hacienda no confeccionará el borrador, sólo te informará de tus datos y tendrás que usar el Programa Padre para hacer el IRPF por tu cuenta, algo que también ocurre en el caso de los autónomos.

Planes PIVE y otras subvenciones

Las subvenciones no aparecen en la declaración de la renta y sin embargo hay muchas que se computan como un ingreso a efectos fiscales. El mejor ejemplo es el famoso Plan PIVE. Si has recibido la ayuda para cambiar de coche, deberás tributar por ella y de hecho, deberás pagar impuestos.

Aquí te explicamos cómo incluir el Plan PIVE en la renta

No haber recibido o solicitado el borrador

Solicitar el borrador de la renta es gratuito, fácil de hacer y, sobre todo, no obliga después a nada con Hacienda. Puedes solicitar el borrador para conocer tus datos fiscales y esto no hará que después estés obligado a hacer el IRPF si por ingresos estabas exento de tributar. Por eso mismo, siempre es recomendable solicitar el borrador de la renta para hacerte una primera idea de cómo puede tu declaración de la renta. Si no estabas obligado a declarar por haber ganado menos de 22.000 euros te puedes llevar una sorpresa y que Hacienda tenga que devolverte dinero.

Y si con estos seis elementos no tienes suficientes, te invitamos a conocer otras once cosas que SIEMPRE tendrás que modificar en el borrador

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Imagen – Andrey_Popov en Shutterstock

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