Presentar las cuentas anuales en el Registro Mercantil es una de las obligaciones contables de las empresas, un deber ineludible cuyo incumplimiento acarrea importantes sanciones. Esto es lo que debes saber al respecto.
¿Qué son las cuentas anuales?
Las cuentas anuales de la empresa son los documentos que resumen su situación financiera de forma ordenada. Gracias a ella cualquier persona y organismo puede obtener información clara y concisa sobre las pérdidas y ganancias de una compañía.
Estas cuentas anuales unifican el resto de los libros contables de la empresa.
¿Es obligatorio presentar las cuentas anuales?
Todas las empresas y autónomos tienen una serie de obligaciones contables que implica mantener al día una serie de libros contables.
Sin embargo, sólo las empresas están obligadas a presentar las cuentas anuales en el Registro Mercantil. Los autónomos y sociedades no mercantiles no tienen esta obligación.
El plazo para elaborar las cuentas anuales es de tres meses a contar desde el cierre del ejercicio contable, que normalmente se da a 31 de diciembre. El órgano de gobierno de la empresa dispondrá de los seis primeros meses del año para aprobar estas cuentas.
A partir de ahí la presentación en el registro debe darse en los 30 días siguientes a la aprobación de las cuentas por parte de la junta general de la empresa.
Sanciones por no presentar las cuentas anuales
Hay diferentes sanciones y consecuencias por incumplir con la obligación de presentar las cuentas anuales.
Estas son las más importantes:
Sanciones económicas
La multa por no presentar las cuentas oscila entre los 1.00 y los 60.000 euros, según se desprende del artículo 238 de la Ley de Sociedades de Capital.
Sin embargo, si la sociedad tiene un volumen anual de facturación superior a 6 millones de euros, el límite de la multa subirá hasta 300.0000 euros por cada año de retraso.
La cuantía de la sanción depende de tamaño de la empresa en cuestión, así como de su cifra de ventas.
Consecuencias fiscales
Además de la multa, también existen consecuencias fiscales como la revocación del NIF de la empresa, sin el que no puede emitir facturas o comprar materiales.
En la práctica, esto supone paralizar la actividad de la empresa a efectos prácticos.
Sanciones mercantiles
A las dos consecuencias anteriores se suman las sanciones mercantiles por no presentar las cuentas. En concreto, el Registro Mercantil puede cerrar la hoja registral de la empresa al cao de año y no inscribir ningún documento más de la sociedad.
Esto quiere decir que no podrá realizar muchas de sus operaciones, como las que requieran trámites ante notario, porque no se podrán registrar adecuadamente.
Las excepciones a esta norma incluyen los documentos sobre el cese o dimisión de altor cargos de la empresa, administradores o liquidadores, disolución de la sociedad, renuncia de poderes o nombramiento de liquidadores.
Restricciones a la financiación
Una consecuencia que no es una sanción en sí misma es la dificultad para acceder a financiación. Y es que, una empresa que no presente sus cuentas ni las registre dejará automáticamente de ser una compañía de fiar.
A fin de cuentas, esos documentos son los que sirven a entidades financieras para decidir si conceden o no préstamos y también a los proveedores para establecer qué clientes son de fiar y cuáles no lo son.
Responsabilidad por parte de los administradores
No depositar las cuentas anuales también tienen consecuencias para los administradores. En este caso se puede entender que la empresa y el administrador quieren ocultar la situación real de la empresa.
Si la compañía quiebra después, se podría establecer que los administradores son responsables de las deudas al haber tratado de ocultar el estado económico de la empresa al no registrar las cuentas anuales.
Qué pasa si se presentas las cuentas fuera de plazo
Otra alternativa es presentar las cuentas, pero hacerlo tarde. En este caso, también habrá una sanción que será del 0,5%del importe total de las partidas del activo más el 0,5% de la cifra de las ventas de la última declaración tributaria.
Si no se aporta esa última declaración tributaria, la sanción por presentar las cuentas fuera de plazo será del 2%.
¿Algo que añadir? ¡No te cortes!