El coche es uno de los mayores caballos de batalla de los trabajadores autónomos y fruto de buena parte de las discusiones con Hacienda a colación del IVA. Te descubrimos qué gastos puedes deducir en cada caso y cómo hacerlo.
Y es que, si hay un gasto que todo autónomo incluye en su declaración trimestral de IVA y en general dentro de sus gastos deducibles, este es el coche de empresa. Pero una cosa es lo que haga el autónomo o la pyme y otra bien diferente lo que la Ley permite hacer respecto al coche.
En otras palabras, lo que el crees que puedes deducir por tu vehículo y la realidad de los gastos deducibles que podrás imputar, tanto en IVA como el IRPF.
¿Qué se entiende por gasto deducible?
Lo primero que hay que tener claro es lo que Hacienda entiende por gasto deducible y que también afecta al coche, como es lógico. Si no cumples estos requisitos, no podrás desgravar por el coche con carácter general.
Estos requisito general para que un gasto sea deducible a efecto de IVA e IRPF es que esté afecto a la actividad económica. En otras palabras, podrás deducir por los gastos del coche si lo usas para trabajar y obtener ingresos.
Esta es la regla de oro de los gastos deducibles del coche para todos los impuestos. A partir de ahí, el IVA es algo más flexible que el IRPF cuando existe un uso mixto del coche, es decir, cuando además de para trabajar, haces un uso privado.
¿Qué pasa si no eres autónomo o empresario? A estas alturas ya tendrás claro que vas a poder deducir poco o nada por el coche. Es más, puede que incluso tengas que pagar si tu coche es de empresa. Aquí te cuento cómo tributa el coche de empresa en la renta.
Con todo claro, vamos a ver qué puedes desgravar por tu coche en cada uno de los principales impuestos.
El coche y el IVA: qué puedes desgravar
El coche es el mejor ejemplo de lo complicado que puede llegar a ser gestionar el IVA para una empresa o un autónomo.
Y es que, al hablar del IVA del coche hay que diferenciar entre el IVA en la compra y el IVA de los gastos asociados el vehículo.
En otras palabras, el IVA que pagas al adquirir el vehículo y el IVA de los gastos que supone el coche, como la gasolina.
La deducción del IVA por la compra del coche
La normativa aquí es clara y simple. Por la compra del coche Hacienda te permite desgravar el 50% con carácter general. Esta regla aplica aunque el uso del vehículo no esté 100% afecto a tu actividad. Es decir, da igual si vas a hacer un uso conjunto del coche, personal y profesional.
Eso sí, deberás ser capaz de demostrar ese uso profesional de vehículo a través de tu listado de clientes o justificando que debes desplazarte a menudo como parte de tu actividad.
Además, existen una serie de casos en los que se puede desgravar el 100% del IVA soportado por el coche. Son los que se aplican a autónomos que dependen de su coche para trabajar y también para vehículos con un marcado enfoque laboral.
Los coches y actividades que permiten deducir el 100% del IVA de la compra son:
- Vehículos mixtos que se usan en el transporte de mercancía.
- Vehículos usados para prestar servicios de enseñanza a conductores, es decir, los coches de autoescuela (siempre que se les dé ese uso).
- Vehículos utilizados por los fabricantes para pruebas, ensayos, demostraciones o promoción de ventas.
- Vehículos utilizados en desplazamientos profesionales de representantes o agentes comerciales.
- Vehículos de servicios de vigilancia.
En estos casos podrás desgravar el 100% del IVA de la compra, aunque recuerda que el coche debe usarse de forma prácticamente exclusiva para tu actividad.
Esto mismo también aplica a otras fórmulas de compra o adquisición del vehículo como el renting o el leasing.
Los gastos del vehículo en el IVA
La cosa cambia cuando nos referimos a los gastos del vehículo. Gasolina, mantenimiento, reparaciones… Éstos son algunos gastos del vehículo que se pueden pensar en imputar en la declaración trimestral del IVA. ¿Sería legal?
La respuesta en este caso es afirmativa, aunque con peros… Para poder desgravar esos gastos hay que demostrar que están relacionados con la actividad. Es decir, que esa gasolina se ha utilizado para tu trabajo, por ejemplo.
La forma más fácil de hacerlo es si el vehículo ya está afecto al 100% a la actividad. Si solo utilizas el coche para trabajar, podrás desgravar el 100% de los gastos del mismo.
¿Y si no es así? Lo que ocurre es que también aquí se aplica la regla del 50% que la mayoría de inspectores de Hacienda respetan y que te permitirá desgravar el 50% del IVA de estos gastos. Eso sí, con la ley en la mano pueden echar para atrás esos gastos deducibles si no eres capaz de demostrar que sólo usas el coche para trabajar.
Y es que, lo importante en este caso es acreditar el uso exclusivo en la actividad del uso del combustible, incluso si el vehículo no está afecto a la actividad, como recalcan desde Iberley.
¿Y si el coche no es tuyo? La consulta vinculante V0605-22 a la Dirección General de Tributos (DGT) ha abierto el melón a desgravar gastos de vehículos que no están a tu nombre.
Según la interpretación de los expertos de Declarando, la DGT sólo indica que «las cuotas soportadas por la adquisición de combustible serán deducibles siempre que su consumo se afecte al desarrollo de la actividad empresarial o profesional del sujeto pasivo y en la medida en que vaya a utilizarse previsiblemente en el desarrollo de dicha actividad económica», pero en ningún momento habla de que el coche tenga que estar a su nombre.
Esto hace que la gasolina de coches compartidos o prestados también se pueda llegar a desgravar. Eso sí, para hacerlo deberás demostrar de forma clara que la has utilizado para tu trabajo.
El coche en el IRPF: qué puedes desgravar
¿Y que pasa en la declaración de la renta? ¿Se puede imputar la compra del coche como gasto al hacer el IRPF? Hacienda es más restrictiva en estos casos.
Si no hay una vinculación del 100%, no se puede deducir el coste del coche y aquí no se podrá aplicar la regla del 50%.
En el caso de la compra, si puedes desgravar lo harás amortizando cada año una parte del coste del vehículo, y que no podrás imputarlo todo de golpe.
Lo mismo puede aplicarse al resto de gastos del vehículo como mantenimiento, reparaciones o consumo de combustible. Tampoco son deducibles si el coche no está 100% afecto a la actividad. Aquí el criterio es mucho más restrictivo que con el IVA.
Sin embargo, es muy normal que muchos empresarios sigan imputando estos gastos aún sin ajustarse a la norma. De hacerlo, debes ser capaz de demostrar que el uso del coche es profesional y no personal.
Cómo se registra el coche el libro contable
El hecho de poder desgravar el IVA pero no su base imponible puede dar pie a error. Una opción que destacan desde Infoautónomos pasa por registrar la base imponible al 50% y el IVA al 100% para luego ajustar todo al rellenar el modelo 130. Es decir, sería en la liquidación del impuesto cuando se regularizaría toda la situación contable.
Imagen – Tomasz Romski en Shutterstock
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