Como autónomo estás obligado a presentar el IVA de forma trimestral por tus ventas. ¿Qué pasa si se te olvida? Básicamente que puede haber consecuencias. Las sanciones de Hacienda por presentar el IVA fuera de plazo varían según cuánto tardes en hacerlo o quién descubra que no has cumplido.
Cuándo hay que presentar el IVA
Cada trimestre los autónomos y empresas se enfrentan a su particular viacrucis: la liquidación del IVA. Enero, Abril, Julio y Septiembre son los meses señalados por Hacienda para presentar la declaración trimestral de IVA a través del modelo 303 y del 390, que incluye el resumen anual.
Desde hacer años se amplió el plazo para presentar la declaración de IVA hasta el día 20 de cada mes.
Ese es el plazo legal y todo lo que lo supere se considera no presentar el IVA o hacerlo fuera de plazo, algo que tiene consecuencias.
¿Qué hay que hacer si se te ha pasado el plazo del IVA?
Para empezar, no entrar en pánico. Lo primero que debes saber es que es posible presentar la declaración de IVA fuera de plazo.
Es un trámite fácil y sencillo. Sólo hay acudir a la sede electrónica de la Agencia Tributaria y presentar el Modelo 303 normalmente como lo haríamos dentro de plazo o, en su defecto.
¿Quiere esto decir que no hay consecuencias por presentar el IVA fuera de plazo? ¿Hacienda no establece sanciones por entregar el IVA más tarde? Nada más lejos de la realidad.
No cumplir con los plazos que marca Hacienda se traducirá en sanciones que deberás asumir.
Sanciones por presentar el IVA fuera de plazo
Lo cierto es que SÍ existen consecuencias por pagar los impuestos fuera de plazo, tanto con los modelos 303 y 390 de IVA como con cualquier otro tributo. A modo de ejemplo, aquí puedes consultar la multa por hacer la renta tarde.
Como hemos visto en anteriores ocasiones, la cuantía dependerá, en primer lugar, del tiempo que haya transcurrido desde que pasó la fecha legal. Además, también se tiene en cuenta la persona que se percata del error.
Si es el propio autónomo o la empresa quien liquida el impuesto fuera de plazo, sin requerimiento por parte de Hacienda, las sanciones a aplicar serán menores.
En concreto, es este es el listado de recargos por presentar tarde el IVA en función de cuándo
lo hagas.
- Presentación en menos tres meses – recargo del 5% sobre el IVA pendiente de liquidar.
- Entre tres y seis meses – recargo del 10% sobre el IVA pendiente de liquidar.
- Entre seis y doce meses – recargo del 15 sobre el IVA pendiente de liquidar.
- Más de doce meses – recargo del 20% sobre el IVA pendiente de liquidar. A esta cantidad habrá que añadir los intereses de demora.
Sin embargo, cuando es Hacienda quien reclama el pago del IVA la cosa cambia y las sanciones se endurecen.
Cuando existe un requerimiento de Hacienda siempre habrá algún tipo de sanción o multa.
Si el resultado de la liquidación es negativo (has pagado más IVA del que has ingresado), tendrás que abonar una multa de 200 euros y el asunto quedará zanjado.
¿Y si el resultado es positivo? Las sanciones por presentar la renta fuera de plazo en este caso son mucho mayores. Esta es la escala de multas a las que te expones:
Si es una infracción leve se aplicará un recargo del 50% del IVA a pagar cuando la cifra del modelo 3030 sea inferior a a 3.000 euros.
Si es una infracción grave el recargo oscilará entre el 50% – 100% del IVA a pagar cuando la cantidad supere los 3.000 euros y se estime que hay ocultación.
Por último, si se considera una infracción muy grave, la sanción escalará hasta el 100% – 150% de recargo sobre el IVA a pagar cuando sea superior 3.000 euros y se hubiese recurrido a medios fraudulentos.
Reducciones que se pueden aplicar sobre la sanción
Como es habitual con las sanciones tributarias y, en general, con las multas, lo que le interese a la Administración y a Hacienda es cobrar.
Esto se traduce en una serie de reducciones que se pueden aplicar sobre la sanción para reducir su importe.
La primera de estas reducciones es de un 25% por pagar toda la sanción o multa de golpe y la deuda dentro de los plazos que figuran en la sanción.
También existe una reducción del 30% por conformidad, que se aplica cuando aceptas la sanción de Hacienda sin reclamar.
Adicionalmente, si no recurre la sanción podrá aplicar una reducción adicional a la de conformidad.
¿Hay que presentar el IVA si el resultado es cero o no has tenido actividad?
Uno de los principales motivos por los que te pueden sancionar tras no hacer el IVA es porque no sabías que estabas obligado a hacerlo.
Para que lo entiendas mejor, como autónomo estás obligado a presentar el IVA tanto si has tenido actividad e ingresos como si no lo has hecho. Mientras estés dado de alta, tendrás que rendir cuentas ante Hacienda.
¿Algo que añadir? ¡No te cortes!