Novedades fiscales de la Ley de Apoyo al Emprendedor

novedades fiscales ley de emprendedoresEl proyecto de Ley de Apoyo a los Emprendedores y su internacionalización es ya una realidad a falta de su publicación definitiva en el BOE, toda vez que el Congreso de los Diputados dio su visto bueno. El documento incluye varias novedades que afectan a pymes y autónomas, muchas de ellas con un marcado corte fiscal.

Vamos a repasar cuáles son las principales novedades fiscales de la Ley de Apoyo al Emprendedor y si son o no positivas.

  • Criterio de caja en el IVA: el cambio más cacareado y gracias al cual los emprendedores no tendrán que pagar el IVA de sus facturas hasta que efectivamente lo ingresen. De esta forma, los autónomos y las pyme dejarán de adelantar a Agencia Tributaria el IVA de sus recibos, lo que supondrá un ahorro para cerca de 2,3 millones de personas y corporaciones. Quienes se acojan al nuevo régimen fiscal deberán permanecer en él por lo menos durante tres años y se creará un duplicidad para las empresas que sin acogerse al mismo, tengan proveedores que sí lo hagan.
  • Incentivos por reinversión de beneficios: gracias a la nueva Ley las pyme podrán disfrutar de un tipo superrreducido del 10% en el Impuestos de sociedades siempre y cuando reinviertan las ganancias que logren. Para poder beneficiarse de este incentivo fiscal será necesario acreditar una facturación inferior a 10 millones de euros.
  • Deducción por inversión en I+D: se amplía la deducción por actividades de investigación y desarrollo al tiempo que la deducción de las rentas obtenidas de activos intangibles aumenta del 50% al 60%.
  • Deducciones en el IRPF: las personas que financien proyectos emprendedores nuevos o de reciente creación verán recompensada su apuesta con una deducción del 20% de la cuantía aportada en la cuenta estatal de IRPF. Además, tendrán una exención total sobre los beneficios obtenidos siempre que estos se produzcan en menos de doce años y se reinviertan en otra sociedad. Del mismo modo, quienes opten
  • Incentivos fiscales a financiadores de proyectos emprendedores. Los inversores particulares que respalden con financiación proyectos empresariales nuevos o de reciente creación (business angels) podrán deducirse un 20% de la cuantía aportada en la cuota estatal del IRPF sobre una base máxima de 20.000 euros y tendrán exención total sobre los beneficios que obtengan siempre que se materialicen en un plazo máximo de doce años y que se reinviertan en otra sociedad. Adicionalmente, los business angels verán ampliado de 200.000 a 400.000 euros el límite de recursos propios de las empresas para poder optar a la deducción de IRPF. Por último, quienes capitalicen el paro para emprender disfrutarán de una exención total en el IRPF por las cantidades recuperadas.

 

Como es lógico la Ley de Apoyo al Emprendedor y su internacionalización contempla otras medidas de calado fuera del ámbito fiscal. La más importante es la creación de la figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL) que, como su propio nombre indica, protege al empresario frente a una eventual quiebra o mala marcha del negocio. De esta forma, el patrimonio personal del emprendedor queda más protegido y no perderá la vivienda si el capital pendiente de deuda es inferior a 300.000 euros.

El documento también establece una tarifa plana para nuevos emprendedores  que servirá para reducir en un 80% la cuota mínima de autónomos en los seis primeros meses de la actividad, un 50% los seis siguientes y un 30% los seis posteriores. En total un nuevo autónomo podría ahorrar cerca de 2.000 euros anuales. Otra de las piedras de toque pasa por la supresión del requisito de capital mínimo para poner en marcha una nueva sociedad gracias a la creación de la figura de la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva. A través de este tipo de empresa se podrá empezar a operar sin aportar el capital mínimo de 3.000 euros, que sería satisfecho con posterioridad. A cambio, los socios y administradores tendrán una retribución máxima establecida por ley y no podrán repartir dividendos.

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Imagen – Emilian Robert Vicol en Flickr

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