Novedades de la renta 2018

Te contamos cómo quedan la prestación por maternidad, el mínimo exento con dos pagadores, la deducción por gastos de guardería o la desgravación por invertir en empresas, entre otros, en el IRPF del pasado año, que se declara en 2019.

Aunque la operativa y la forma de hacer la declaración de la renta suele ser cada año parecida, de un ejercicio a otro siempre hay pequeños cambios en la presentación del impuesto de la renta de las personas físicas. En lo que se refiere a 2019, en el que toca entregar a Hacienda el IRPF del pasado año, hay diversas variaciones que vamos a explicarte. Descubre las principales novedades de la declaración de la renta 2018.

Novedades en la renta 2018

Antes de entrar en materia, eso sí, ten en cuenta que siempre hay cosas que deberás modificar en el borrador, una serie de datos básicos sobre ti como contribuyente. Incluso aunque estés de acuerdo con toda la información económica que Hacienda te haga llegar. A partir de ahí, no olvides que en la renta de 2018 cambian un puñado de límites que marcan el estar exento o no, se introducen nuevas deducciones y las figuras del permiso de maternidad y de paternidad se reflejan de una manera distinta a cómo se hacía con anterioridad.

Aumento del mínimo exento con dos pagadores

Si bien hasta el momento el mínimo exento estaba fijado en 12.000 euros para los empleados con dos pagadores, el nuevo límite para librarse de hacer la declaración de la renta se eleva hasta los 14.000 euros. No obstante, ésa será la norma para la renta de 2019, porque en el ejercicio actual sólo se aplicará de forma parcial. ¿Por qué? Pues sencillamente debido a que este cambio legal fue aprobado el 5 de julio, lo cual llevará a que en el IRPF de 2018 se haga un prorrateo que establece una cifra de 12.643 euros como mínimo exento para declarar la renta con dos fuentes de ingresos.

Para que sepas mejor si esta novedad en el IRPF te afecta o no, te basta con calcular si alcanzas esa cantidad habiendo estado empleado por una segunda empresa o sucesivas que te haya pagado 1.500 euros o más dentro de ese montante. Aquí puedes ampliar información sobre quiénes están obligados a declarar el IRPF.

Declarar las rentas inmobiliarias, las letras del Tesoro y ciertas ayudas públicas

De la misma manera, existe la obligación de incluir en el IRPF de 2018 las ayudas públicas para la compra de vivienda de protección social o de precio tasado, las rentas inmobiliarias imputadas, los rendimientos de las letras del Tesoro y las ganancias patrimoniales derivadas de subvenciones siempre que la suma de las mismas alcance 1.000 euros o más.

Crece la reducción por rendimientos del trabajo

La declaración de la renta de 2018 trae consigo un aumento de la reducción por rendimientos del trabajo para los contribuyentes con ingresos inferiores a 16.825 euros que no obtengan rentas por otros conceptos mayores de 6.500 euros (excluidas las exentas).

De manera más concreta, según se indica desde la propia Agencia Tributaria, la reducción por rendimientos de trabajo que ahora se aplica -también desde el 5 de julio y, por tanto, prorrateada- queda como sigue:

  • Los ciudadanos con ingresos por trabajo menores a 13.115 euros podrán aplicar una reducción de 5.565 euros anuales.
  • Los contribuyentes que hayan ganado entre 13.115 y 16.825 euros trabajando tendrán igualmente derecho a una reducción de 5.565 euros. Aunque en este caso habrá que restarle el resultado de multiplicar por 1,5 la diferencia entre los rendimientos del trabajo y la cifra de 13.115 euros anuales.

Si los números no son lo tuyo, no te preocupes: el propio programa Renta Web de la AEAT se encarga de hacer el cálculo.

Las prestaciones por maternidad y paternidad, exentas

Uno de los grandes asuntos tributarios de este año -también político- está siendo la legalidad de pagar impuestos o no por recibir las prestaciones por maternidad y paternidad. El Tribunal Supremo lo dejó finalmente claro: se encuentran exentas.

Además, los contribuyentes que fueron padres entre 2014 y 2017 puedan solicitar la devolución de las retenciones practicadas en su momento (aquí puedes aprender cómo reclamar la baja por maternidad en la renta). Para los que se hayan convertido en progenitores este año, en el IRPF de 2018 únicamente hay que regularizar ese ingreso.

Aumenta la deducción por gastos de guardería

También en este ámbito se incrementa en 1.000 euros la deducción por maternidad cuando se trate de un niño menor de 3 años. La condición para beneficiarse de esa subida es que la madre haya tenido que hacer frente a gastos de guardería en un centro autorizado por la correspondiente comunidad autónoma. Pincha aquí para saber más sobre la deducción para madres trabajadoras por gastos de guardería.

Mayor desgravación por familia numerosa

La Ley de Presupuestos Generales de 2018 contempla que el montante de la deducción aumente 600 euros al año por vástago que exceda del límite en la familia numerosa de categoría general (3 hijos o más) o en la de categoría especial (5 hijos o más).

También cuando se tengan personas con discapacidad a cargo, que en el caso del cónyuge en esa situación ascenderá a 1.200 euros siempre que éste no tenga ingresos superiores a 8.000 euros. De nuevo, la deducción es aplicable parcialmente (la prorrateable desde el mes de julio).

Los impuestos que se pagan por las becas

Asimismo, hay novedades en cuanto a la tributación de las becas para estudios en la renta 2018, cuyo mínimo exento queda, según la modalidad, de la siguiente manera:

  • Hasta 6.000 euros de gastos de matrícula y seguros para estudios reglados (el límite anterior estaba fijado en 3.000 euros).
  • Hasta 18.000 euros para gastos de transporte y alojamiento para estudios de posgrado en España (antes 15.000 euros).
  • Hasta 21.000 euros para gastos de transporte y alojamiento para estudios de posgrado en el extranjero (antes 18.000 euros).
  • Hasta 21.000 euros por becas para estudios de doctorado en España (antes 18.000 euros).
  • Hasta 24.600 euros por becas para estudios de doctorado en el extranjero (antes 21.600 euros).

Para saber más sobre la fiscalidad de las becas pincha aquí.

Crece el límite exento para los premios de lotería

¿Eres de los afortunados a los que le ha tocado un premio en cualquier sorteo de Loterías y Apuestas del Estado? Pues otra buena noticia: no tendrás que pagar impuestos por los primeros 10.000 euros en la renta de este año, mientras que el límite anterior estaba fijado en 2.500 euros. La cifra exenta se eleva a 20.000 euros en la renta 2019 y nada menos que hasta los 40.000 euros el IRPF de 2020.

¿Qué ocurre con los premios mayores? Pues que tributarán en la renta a un tipo fijo del 20% en el momento de cobrarlos. Es decir, que al hacer la declaración de la renta únicamente deberás hacer constar que has ganado un premio, no pagar más.

Mejora de la deducción por invertir en empresas

La última gran novedad de la renta correspondiente al año 2018 tiene que ver con la creación de empresas. Así, la desgravación por poner en marcha un negocio o invertir en una compañía de nueva creación pasa del 20 al 30%. A ello se añade el aumento de la base que es desgravable, de 50.000 euros del IRPF de 2017 a los 60.000 de la renta 2018, hasta un máximo de 18.000 euros.

En último lugar, cabe recordar que el calendario de la declaración de la renta 2018 lleva tiempo aprobado, con sus fechas clave y con los plazos marcados tanto para cobrar como pagar el IRPF. Así que te recomendamos que lo tengas en cuenta para no llevarte ingratas sorpresas con Hacienda, que nunca es deseable.

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