La Agencia Tributaria busca combatir el fraude fiscal en el ámbito de las criptomonedas con la publicación de tres nuevos modelos tributarios para las empresas del sector autónomos y particulares. Se trata de los modelos 172 y 173 más el modelo 721, todos ellos declaraciones informativas aprobadas.
Las dos primeros modelos se refieren a saldos y operaciones con criptomonedas virtuales por parte de las empresas que trabajan en el sector de las criptomonedas, sin importar que ofrezcan servicios de intercambio, almacenamiento o que se dediquen a crear criptodivisas.
Mientras, el modelo 721 está dirigido a particulares y recoge la obligación de suministrar información sobre las criptomonedas en el extranjero, como lo hace el modelo 720 con el resto de activos financieros e inversiones.
Estos modelos suponen una nueva obligación anual que se suma a la de tributar por las criptodivisas en el IRPF. Esto es lo que debes saber sobre cada uno de ellos.
Modelo 172 de Hacienda
Aprobado mediante la Orden HFP/887/2023, de 26 de julio, el modelo 172 de “Declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales” servirá para informar a Hacienda del dinero que tienen en criptomonedas los usuarios de las diferentes plataformas y empresas.
Quiénes deben presentarlo
El modelo 173 está orientado a las empresas del sector de criptodivisas. En concreto, deberán rellenarlo las personas y entidades residentes en España y los establecimientos permanentes en territorio español de residentes en el extranjero, que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales.
Será obligatorio presentarlo tanto si ese servicio es su principal actividad como si se ofrece de en conexión con otras actividad.
Cuándo hay que presentarlo
Este modelo tiene carácter anual y se presenta el enero con la información de todo el ejercicio anterior. La obligación de presentarlo comenzará en 2024.
La presentación del modelo 172 se realizará de manera telemática.
Sobre qué hay que informar
El objeto del modelo 172 es informar sobre los saldos de criptomonedas almacenados según figura en el anexo 1 de la orden ministerial.
Modelo 173 de Hacienda
También aprobado mediante la Orden HFP/887/2023, el modelo 173 «Declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales» persigue una finalidad similar, solo que en este caso enfocado hacia las operaciones con criptoactivos.
Quiénes deben presentarlo
El modelo 173 también está dirigido a las empresas del sector en busca de información sobre transacciones.
En este caso, deberán rellenar el modelo 173 las personas y entidades residentes en España y los establecimientos permanentes en territorio español de residentes en el extranjero, que proporcionen servicios de cambio entre monedas virtuales y moneda fiduciaria o entre diferentes monedas virtuales, intermedien de cualquier forma en la realización de dichas operaciones o proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales, o bien, realicen ofertas iniciales de nuevas monedas virtuales, también llamadas ICOs.
Cuándo hay que presentarlo
Como con el modelo anterior, la presentación se realizará de forma anual en el mes de enero y la obligación comienza en 2024.
La presentación del modelo 172 se realizará de manera telemática.
Sobre qué hay que informar
El anexo II de la orden recoge las operaciones sobre las que será necesario informar, que incluyen los intercambios de criptodivisas, entre otras cosas.
Modelo 721
El modelo 721 de “Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero” se articula mediante la Orden HFP/886/2023, de 26 de julio, y sus plazos son ligeramente diferentes a los modelos anteriores.
Quiénes deben presentarlo
Este modelo es la versión cripto del modelo 720 de Hacienda para los bienes en el extranjero y está dirigido al ciudadano.
Están obligados a presentar el modelo 721 las personas con criptomonedas y una cartera de activos superior a 50.000 euros.
Cuándo hay que presentarlo
Los trámites de este modelo estarán activos en 2024. Su presentación se realizará entre enero y marzo de cada año.
Sobre qué hay que informar
En este caso habrá que informar sobre los saldos en criptomonedas o monedas virtuales situados en el extranjero.
Estos tres modelos buscan un mayor control sobre las monedas virtuales por parte de Hacienda y son complementarios a otros tributos como la de las criptodivisas en el Impuesto sobre el Patrimonio.
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