La vida está llena de casos concretos y muchos de ellos tienen después que trasladarse a la declaración de la renta. Es lo que ocurre cuando en un matrimonio uno de los cónyuges abandona la residencia de la pareja y se tiene que marchar a trabajar a otra comunidad. ¡Descubre dónde debe declarar cada uno el IRPF y cómo hacerlo!
No es lo más habitual, pero puede darse el caso de que cada miembro del matrimonio resida en una localidad diferente e incluso en una comunidad diferente. El trabajo suele ser el motivo más habitual y Madrid uno de los destinos donde más situaciones de este tipo pueden verse.
Cuando se plantea la posibilidad de que un miembro del matrimonio viva fuera de casa suelen surgir multitud de dudas, sobre todo de carácter personal. ¿Seremos capaces de sobrellevar este cambio de rutina? ¿Cómo serán los desaplazamientos para verse? A estos suelen añadirse los relacionados con el dinero ¿Compensa económicamente? ¿A qué gastos habrá que hacer frente? Y en esta línea es cuando muchos llegan al apartao fiscal ¿Cómo afecta esta nueva situación a la declaración de la renta? ¿Se podrá seguir desgravando la hipoteca? ¿Dónde debe presentar cada miembro la declaración de la renta?
La respuesta dependerá del tipo declaración por la que se opte. Ya hemos comentado en anteriores post las diferencias entre hacer la declaración de forma conjunta o individual así como las parejas que pueden efectivamente presentar la declaración conjunta, que no son todas ni mucho menos. Sin embargo, nunca viene mal recordar las bases para decidirse entre un modelo u otro y que básicamente son que la conjunta será más beneficiosa cuando uno de los dos apenas tienen ingresos.
En tributación conjunta
Al tributar de forma conjunta, los ingresos de la pareja computan por el total y es como si sólo fuesen un contribuyente a efectos fiscales. Quienes opten por este modelo deberán hacer la declaración de la renta en la comunidad autónoma donde resida el miembro de la unidad familiar con mayor nivel de ingresos. En realidad, más que los ingresos se tendrá en cuenta la base liquidable del IRPF, algo que se puede comprobar fácilmente a través del Programa Padre.
Así, por ejemplo, un matrimonio que residía en Zaragoza pero en el que uno de los miembros se haya trasladado a Madrid a trabajar, siendo el que más cobra, deberán hacer la declaración de la renta en Madrid. Para eso también será necesario que la persona que se haya marchado a Madrid haya residido en la capital más días que en Zaragoza.
En tributación individual
Como casi siempre, las cosas son más fáciles si se elige hacer la reclaración de la renta individual y no conjunta. En este caso, ambos cónyugues tributarán en el que efectvivamente es su lugar de residencia habitual, entendido como la comunidad en la que pasan más tiempo a lo largo del año.
Siguiendo con el anterior ejemplo, uno de los miembros hará la declaración en Madrid y otro en Zaragoza.
Una cuestión diferente es la necesidad de quien se marcha de empadronarse o no en la nueva ciudad y cómo afecta esto a su declaración de la renta, algo que puedes consultar en este post.
¿Qué pasa con la hipoteca?
Esta es la gran duda que asola a todos los matrimonios hipotecados ¿Puedo seguir desgravando la hipoteca? Si nos atenemos a lo que Ley dice sobre la deducción por vivienda habitual, lo cierto es que desde el momento en el que la vivienda no es la residencia habitual, por estar fuera de ella más tiempo, no habría lugar a deducir por parte de la persona trasladada.
Sin embargo, en este caso sí que podría desgravar el alquiler que paga la persona desplazada.
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