La Agencia Tributaria estrena los modelos 222 para efectuar pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal y 202 para efectuar pagos fraccionados a cuenta del IS y del IRPF de no residentes en establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español.
Desde el 28 de marzo y aplicable a los periodos impositivos que comiencen a partir del 1 de enero de 2015, el Gobierno ha realizado cambios en los modelos 222 y 202 de la AEAT.
El primero llega a través de la Orden HAP/523/2015, de 25 de marzo que modifica la anterior disposición referida al Modelo 222 para los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal y estableció las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática.
Esta misma orden también realiza cambios en el Modelo 202 destinado a los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, que establece las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática.
Los nuevos modelos ya están disponibles en la página web de Hacienda y a través dela citada orden.
El documento también incluye cambios temporales que afectarán al cálculo del pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades según lo dispuesto en las letras g), l), m) y n) de la disposición transitoria trigésima cuarta de la LIS, aplicables en el período impositivo 2015 y con efectos para los períodos impositivos que se inicien dentro del año 2015.
El plazo para efectuar el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades se extiende a los primeros 20 días naturales de los meses de abril, octubre y diciembre.
Imagen superior – robybret en Shutterstock
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