Una de las preguntas más habituales de nuestros usuarios es cómo incluir a los hijos en la declaración de la renta. Y es que los descendientes pueden ser una importante fuente de deducciones y reducciones a la hora de pagar impuestos, aunque también un quebradero de cabeza para quienes tienen que elegir si hacer la declaración conjunta o individual.
La clave para entender cómo deben incluir a los hijos en la declaración de la renta es el concepto de unidad familiar, que está recogido en la ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF y que también se puede encontrar en la página web de la Agencia Tributaria. En este sentido, pueden distinguirse dos modalidades de unidad familiar a efectos fiscales de IRPF.
- En caso de matrimonio
En este caso la unidad familiar estaría integrada por los cónyuges no separados legalmente, los hijos menores y los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
- En defecto de matrimonio
En este caso la unidad familiar sería la formada por el padre o la madre y la totalidad de los hijos que convivan con uno u otra y reunan los requisitos señalados para la modalidad 1ª anterior.
¿Quiere esto decir que las parejas de hecho no pueden formar unidad familiar? En cierto sentido sí. Es decir, no podrán formar una unidad familiar padre, madre e hijos, pero sí padre o madre con los hijos. El problema reside en que nadie podrá formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo. Es decir, no podrían incluir el 50
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