Existen diferentes formas de dividir los impuestos que pagamos y una de las más habituales es hacerlo en función de qué es lo que gravan. Hablaremos entonces de impuestos directos e impuestos indirectos. Te explicamos cuáles se encuadran en cada categoría y cómo funcionan.
Las cuestiones tributarias no siempre son fáciles de entender, pero es importante contar con algunas nociones básicas y una de ellas es saber cómo se dividen los impuestos y qué tipos de tributos existen. Para empezar, hay varias fórmulas para distinguir entre tributos y una de las más extendidas es la que apunta al tipo de renta o patrimonio que grava, lo que permite discernir entre impuestos directos e indirectos.
Otras clasificaciones también habituales encuadran los tributos dependiendo del ámbito de gestión, de forma que en Europa se podrá hablar de tributos comunitarios, estatales, autonómicos y locales si los gestiona la Unión Europea -por ahora no lo hace con ningún tributo, sólo establece directrices-, el Estado nacional (España), las comunidades autónomas o los ayuntamientos.
Como es lógico la división geográfica no excluye la del tipo de gravamen. Es decir, un impuesto podrá ser directo y tener carácter estatal, por ejemplo.
Impuestos Directos
Los impuestos directos son quizás los más fácil de entender e identificar. Como su propio nombre indica, se aplican sobre una manifestación directa o inmediata de la capacidad económica como la posesión de un patrimonio o la obtención de una renta. Y por eso su mayor exponente es la declaración de la renta.
Para que lo entiendas mejor, los impuestos directos gravan directamente el dinero que cobras o que obtienes invirtiendo, emprendiendo o realizando cualquier actividad. Esto mismo se aplica al patrimonio que posees, es decir, pagarás impuestos sólo por el hecho de poseer el bien. El impuesto está directamente relacionado con lo que posees o lo que ingresas.
Quizás la mejor forma de aclarar en qué consiste este gravamen es revisar cuáles son los principales impuestos directos en que se aplican en España:
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ( Ley 35/2006 de 28 de noviembre y Real Decreto 439/ 2007 de 30 de mayo). La declaración de la renta es lo que la mayoría de contribuyentes entiende por ‘pagar impuestos’ y por eso es más fácil entender el concepto de impuesto directo que el indirecto. En este caso lo que se grava son las rentas que ha obtenido una persona durante un ejercicio fiscal, tanto las de trabajo como las de capital y se hace en función de una escala.
- Impuesto sobre la Renta de no Residentes (Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo y Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio). Este impuesto recae sobre la renta obtenida en España por personas que no viven en el territorio nacional.
- Impuesto sobre Sociedades(Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo y Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio). Es como la declaración de IRPF pero aplicado a las empresas. Este impuesto recae sobre el beneficio neto que obtienen las empresas.
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Ley 29/1987, de 18 de diciembre, y Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre) Este impuesto recae sobre el dinero que o bienes que se reciben de forma gratuita pero no como contrapestración por un trabajo.
- Impuesto sobre el Patrimonio (Ley 19/1991, de 6 de junio, y Real Decreto 1704/1999, de 5 de noviembre)Este impuesto recae sobre la posesión de un patrimonio, que se supone que representa una capacidad económica adicional para quien lo posee. En al actualidad sólo tiene carácter informativo.
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles. El IBI se aplica sobre la vivienda simplemente por el echo de poseerla.
- Impuesto sobre Actividades Económicas. Grava la actividad emprendedora.
- Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Más conocido como el impuesto de circulación, grava el mero hecho de poseer un vehículo que esté capacitado para circular por España, se use o no.
- Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
Impuestos indirectos
Los impuestos indirectos gravan el consumo de bienes y servicios y las transmisiones de bienes y derechos en general. Esto que dicho así puede parecer difícil de entender es más fácil de asimilar si lo enfrentas al concepto de impuestos directos que acabamos de explicar. Y es que al contrario que los directos, los impuestos indirectos no dependen de las características o posesiones del contribuyente, sino del producto en sí. Es decir, no repercuten directamente sobre la renta del contribuyente, sino sobre sobre el consumo que realice.
Como en el caso anterior, la mejor forma de entender qué son los impuestos indirectos es viendo algunos ejemplos de los principales impuestos directos en España:
- IVA o Impuesto sobre el Valor Añadido. Es el impuesto indirecto más conocido y quizás el que mejor expone ebn qué consisten los impuestos indirectos. El IVA grava los actos de consumo y está financiado por el consumidor final, ya que sobre él recae el pago del impuesto. Se trata de un impuesto regresivo, ya que no se cobra a todos los ciudadanos por igual. El funcionamiento del IVA es relativamente sencillo: cada una de las empresas de la cadena de producción de un artículo o la concesión de un servicio añade el IVA por su participación y es el consumidor final quien debe hacer frente al valor agregado. Las empresas después podrán reembolsarse el IVA soportado, que se puede definic como el que paga por los servicios que necesita para desarrollar su actividad. Está regulado por el la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, y Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre. Aquí puedes ver todo que necesitas saber sobre el IVA y su funcionamiento
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Juríricos Documentados. Este impuesto grava la circulación de bienes y derechos por un lado, y el gasto del dinero o la renta que tengamos por otro. Está regulado por el Real Decreto 1/1993, de 24 de septiembre y Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo. El ITP grava pro una parte la compra venta de segunda mano en la que no se aplica el IVA y el AJD, el hecho de tener que documentar una compra venta, por ejemplo.
- Impuestos especiales. Se trata de impuestos que recaen sobre determinados bienes como son el alcohol y bebidas alcohólicas, hidrocarburos, electricidad, tabaco o la matriculación de medios de transporte. Este tipo de impuesto están regulados por la Ley 38/1992, de 28 de diciembre y el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio. Los impuestos especiales
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