El Impuesto de circulación: cómo, dónde y cuánto pagarás

Existen diferentes tributos que debemos pagar por el privilegio de contar con un coche, empezando por el IVA  tras la compra y el Impuesto de Matriculación. Estos son sólo los primeros, ya que después habrá que hacer frente al Impuesto de circulación si queremos utilizar efectivamente el vehículo. Os explicamos donde hay que pagar este impuesto y, sobre todo, como se calcula.

El impuesto de circulación o Impuestos sobre Vehículos de Tracción Mecánica es un tributo directo que deben pagar los propietarios de la mayoría de vehículos por el mero hecho de poseerlo y de poder este circular. Este impuesto se paga de forma anual y tiene vigencia del 1 de enero a 31 de diciembre.

En principio, todos los vehículos deben pagar el impuesto de circulación, aunque a efectos prácticos la ley (Real Decreto 2/2004)  identifica en primer una serie de vehículos que por su especial consideración y por no estar destinados a circular no están sujetos al impuesto, así como otros que están exentos de pagar:Como funciona el Impuestos sobre Vehículos de Tracción Mecánica

  • Vehículos considerados de colección.
  • Vehículos en situación de baja y no sean aptos para circular.
  • Vehículos que tengan un permiso puntual para circulación en carreras u otro tipo de eventos deportivos o festivos.
  • Vehículos oficiales de las administraciones públicas adscritos a la defensa nacional o seguridad ciudadana.
  • Vehículos de organismos consulares, representaciones diplomáticas y todos aquellos extranjeros acreditados para circular por el pais.
  • Ambulancia,aAutobuses y microbuses y aquellos vehículos destinados al  transporte público con más de nueve plazas.
  • Vehículos destinados al transporte de personas con movilidad reducida.
  • Tractores, remolques y semirremolquesque cuenten con la Cartilla Agrícola.

Los vehículos que no tengan esta consideración deberán pagar el impuesto de circulación.

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Quien debe pagar el IVTM

Como ya hemos comentado, el Impuesto de Circulación se paga para todo un año y debe pagarlo el propietario del vehículo o, más concretamnte, la persona que aparezca como propietario en el permiso de circulación a 1 de enero.

En caso de vender el vehículo el Estado no tiene por qué devolver el dinero, aunque siempre se puede tratar de llegar a un acuerdo con el comprador.

Quien lo gestiona

En virtud del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales corresponde a los ayuntamientos la gestión de este impuesto y por lo tanto serán ellos los responsables de cobrarlo, pudiendo establecer además exenciones a la norma general y sus propias tarifas, siempre dentro de unos límites.

La traducción es que el importe final del Impuesto de Circulación varía hasta en un 600% dependiendo del municipio en el que se pague.

Cuánto se paga

Esta es la pregunta del millón. La respuesta depende del ayuntamiento. En el siguiente cuadro puedes ver  las cuotas generales sobre las que después los ayuntamientos podrán incrementar aplicando un coeficiente no superior a dos. El importe a pagar dependerá de la potencia del coche y de lo ecológico que sea -lo que se conocen como caballos fiscales, así como de las modificaciones que decida incluir cada consistorio.

El siguiente cuatro(pinchar para hacer más grande) muestra las cuotas generales sobre las que después los ayuntamientos podrán incrementar aplicando un coeficiente no superior a dos. El importe a pagar dependerá de la potencia del coche y de lo ecológico que sea, así como de las modificaciones que decida incluir cada consistorio.

 

Los ayuntamientos también pueden optar por reducir el impuesto con una bonificación de hasta el 75% para los vehículos menos contaminantes o que utilicen combustibles menos dañinos para el medio ambiente. Adicionalmente, podrán bonificar con un 100% de la cuota, es decir, eximirle de pagar el impuesto a efectos reales, los vehículos históricos o aquellos que tengan una antigüedad mínima de 25 años.

Cuándo se paga

Cada ayuntamiento establece también sus propio calendario, aunque en este caso la cuestión está mucho más unificada. En términos generales el Impuesto de Circulación se paga entre el abril y junio.

Cómo se paga

Existen diferentes vías para hacer frente al impuesto y de nuevo será cada consistorio quien habilite unas u otras. Lo que sí suele hacer la mayoría de ayuntamientos es enviar un recibo con el importe a pagar donde se explican también los medios para hacerlo.

En términos generales, las modalidades de pago suelen ser las siguientes:

  • A través de internet. Muchos ayuntamientos permiten ya el pago en sus propias páginas web mediante tarjeta de crédito o débito.
  • Por teléfono. Esto es mucho menos habitual, pero también hay consistorios que permiten abonar el recibo por teléfono con tarjeta de crédito o débito.
  • En el banco. Todos los ayuntamientos cuentan con un serie de entidades colaboradoras en las que podrás pagar aunque no tengas cuenta en el banco.
  • En el Ayuntamiento o en las oficinas de atención al ciudadano.
  • Mediante domiciliación bancaria. Esta es la fórmula preferida por la mayoría de ayuntamientos, que así se aseguran el pago del impuesto.

Impuesto de Circulación

¿Y si no pagas?

El pago del Impuesto de Circulación es obligatorio y el no hacerlo es motivo de sanción. En la mayoría de los casos si no pagas el IVTM el ayuntamiento se limitará a emitirlo de nuevo aplicando un recargo por apremio y estableciendo un nuevo calendario de pago, que además suele ser de duración muy limitada -20 días desde la recepción en la mayoría de casos-.

Si vuelves a dejar pasar la ocasión para pagar, se seguirán sumando recargos hasta que una factura de 100 euros se convierta en una de 500 o más. En último caso, el ayuntamiento podría proceder al embargo del vehículo y otros bienes para cobrar la deuda.

 

Recuperar el Impuesto

Este impuesto se cobra de forma anual, pero ¿Qué pasa si vendemos el coche a mitad de año? ¿Y si lo damos de baja? En el primero de los casos, del la compra-venta, deberemos llegar a un arreglo con el comprador si así lo deseamos, para que se haga cargo de la parte proporcional del Impuesto de circulación que le tocaría pagar por los meses que utilizará el vehículo. Si por el contrario simplemente hemos decidido dar de baja el vehículo, deberemos dirigirnos al ayuntamiento para reclamar la devolución de las cantidades no afectas. Es decir, el dinero por los meses que el coche no estará en circulación.

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Imagen-  Arkangel en Flickr y Lisa S. en Schutterstock

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