¿Hay que incluir las subvenciones en la declaración de la renta?

Aunque su número y cuantía ha disminuido en los últimos años, todavía hay muchas subvenciones, públicas y privadas, de diferente tipo. ¿Es necesario incluirlas en tu declaración de la renta? ¿Hay que pagar impuestos por ellas?

Quien recibe una subvención lo hace bien porque la necesita por cuestiones económicas o porque se está beneficiando de una ayuda específica para un fin concreto. Este último sería el ejemplo de las ayudas del Plan PIVE o de las subvenciones económicas de para compensar gastos escolares o las recibidas para las mejoras y reformas en el hogar, por poner los ejemplos más comunes.

En términos generales y salvo los casos específicamente marcados por ley como exentos y que veremos más adelante, todas las subvenciones o ayudas recibidas por personas que no realicen actividades económicas tributarán en el IRPF. Es decir, será necesario incluirlas en la declaración de la renta, donde tendrán la consideración de ganancia patrimonial.

Las subvenciones como ganancia patrimonial

¿Qué quiere decir que una subvención es una ganancia patrimonial? Esto es simplemente una forma de identificar el dinero que recibimos a efectos del IRPF y distinguirlo del salario y de las ganancias patrimoniales que obtenemos por la transmisión de elementos patrimoniales, como la venta de vivienda o de las participaciones en un fondo de inversión, por poner un ejemplo.

Sin embargo, esta es sólo la interpretación general y dado que ésta puede variar, conviene repasar siempre las bases generales de la subvención o ayuda antes de apuntarla como ganancia patrimonial. Dentro de ellas encontraremos información específica respecto al trato qe habrá que darles en el IRPF. Para quienes no quieran o no tengan claro cómo bucear dentro del maremágnum de papeles y hojas en formato ‘pdf’ que suelen contener estos documentos, bastará con que busquen la palabra “IRPF” para encontrar la información a la que nos referimos.

Ayudas y subvenciones en la declaración de la renta
¿Tengo que pagar impuestos por las subvenciones?

Si se trata de una ayuda o subvención exenta de tributar en la declaración de la renta, aparecerá de forma clara e inequívoca, al igual que si tiene una consideración distinta a la de ganancia patrimonial. En caso de que no aparezca, se aplicará la norma general.

Si todavía persisten las dudas, se podrá consultar el régimen de la ayuda en el servicio de información de la renta llamando al 901 33 5533 de lunes a viernes de 09:00 a 19:00 horas.

Cómo funciona la subvención ‘tipo’, un ejemplo práctico

Es posible que muchos de nuestros lectores todavía sigan algo perdidos sobre la forma en la que deben incluir la subvención en su declaración de la renta. Para aclarar dudas, nada como un sencillo ejemplo práctico de la mano de una de las ayudas estrella de 2013: el Plan PIVE para la compra de vehículos nuevos más eficientes. Quienes se beneficiaron de este plan cobraron 1.000 euros por parte del ejecutivo para cambiar su vehículo y deberán indicar en el apartado de Ganancias Patrimoniales esta cantidad, por la que efectivamente pagarán impuestos.

Si quieres más información sobre el Plan PIVE en el IRPF, aquí te la damos toda.

¿Cuánto pagarás?

Ahora que ya sabes cómo incluir las subvenciones, resta conocer cuánto pagarás por ella en el IRPF. La respuesta es fácil, ya que se suman a los ingresos que tributan al tipo general, a las tablas generales de IRPF que para la renta 2014 son las siguientes:

Impuestos en la renta 2014

Y que para los ejercicios 2015 y a partir de 2016 varían:

Base imponible del ahorro en el IRPF 2015:

  • Entre 0 a 5.999 € el tipo impositivo será del 20%
  • Entre 6.000€ 49.999€ el tipo impositivo será del 22%
  • A partir de 50.000€ el tipo impositivo será del 24%

Base imponible del ahorro en el IRPF 2016:

  • Entre 0 a 5.999 € el tipo impositivo será del 19%
  • Entre 6.000€ 49.999€ el tipo impositivo será del 21%
  • A partir de 50.000€ el tipo impositivo será del 23%

Esta misma lógica se aplica a otras ayudas, como la subvención para la adquisición de vivienda o para su rehabilitación. Algunas de las ayudas para compra de libros y similares también están sujetas a este tratamiento.

 

Subvenciones cuando realizas actividades económicas

¿Y si realizo actividades económicas? La cosa si eres autónomo o empresario profesional, ya que en este caso la subvención, dependiendo del tipo, puede tener la consideración de rendimiento de actividad o de ganancia patrimonial. Eso quiere decir que se puede sumar a lo que ganas con tu negocio o, por el contrario, ir directamente al apartado de ganancia patrimonial, como ocurre con el resto de contribuyentes.

Retomando el caso del Plan PIVE, las ayudas de su homólogo para vehículos comerciales, el Plan Prima Aire sí que puede llegar a considerarse como un rendimiento de la actividad para el autónomo, que se supone que utilizará el vehículo con fines exclusivamente laborales. Para entender la diferencia, hay que saber cómo hace la declaración de la renta un autónomo, que básicamente tiene que incluir sus ingresos y también sus gastos. Si la subvención forma parte de la actividad, se entenderá como un ingreso y se sumará al resto para restarle los gastos, mientras que de la otra forma tributará ‘entera’. En la mayoría de casos no habrá diferencia porque los ingresos superarán a los gastos, pero ahora imagina que como autónomo has tenido más gastos que ingresos por haber empezado ese año tu actividad o por lo que sea. En este supuesto, incluir el Plan Prima Aire como ingreso hará que no tributes nada por él.

Si tienes dudas, aquí te explicamos cómo es la declaración de la renta del autónomo.

Imagen – Shutterstock

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