El renting, sobre todo de vehículos, sirve para que la empresa o el autónomo ahorren costes. Te descubrimos la fiscalidad del renting en términos de IVA, IRPF e Impuesto de Sociedades
El renting es una opción que cada vez usan más empresas y autónomos para abaratar costes y no tener que adquirir determinados bienes.
Qué es el renting
Desde un punto de vista técnico, podemos definir el renting como un alquiler de bienes muebles de una duración superior a un año pero inferior a cinco. La particularidad de este sistema de arrendamiento financiero es que también se incluyen los servicios de mantenimiento adyacentes.
El caso más repetido de renting es el renting de vehículos. En este alquiler de coches a cambio de una cuota mensual o semestral el arrendador, que puede ser autónomo, empresa o particular, disfruta del coche y además se olvida de todo lo que tiene que ver con el mantenimiento. Esto incluye revisiones periódicas y mantenimiento e incluso del seguro, que podría incluirse en el precio del renting. En este sentido, sólo tendría que poner gasolina y conducir.
De hecho, esta es una de las principales virtudes del renting, como veremos más adelante. Eso sí, estos gastos no incluyen generalmente posibles reparaciones del coche.
Una vez termine el tiempo fijado en el contrato de renting la empresa recuperará el vehículo o el elemento alquilado sin ninguna responsabilidad adicional para el autónomo o la empresa. Esta es la principal diferencia con los contratos de leasing.
Cómo tributa el renting
La fiscalidad del renting afecta a autónomos no sujetos al régimen de estimación directa y a empresas. En otras palabras, los autónomos en el sistema de módulos y particulares pueden acceder al servicio pero no aprovechar las ventajas fiscales del renting.
En este sentido, los particulares no pueden desgravar por este alquiler y simplemente será un gasto más en su presupuesto por el que no podrán deducir en el IRPF, como tampoco pueden por la compra de ropa y otro tipo de arrendamientos, al margen de la vivienda que sí se puede deducir en determinadas situaciones. En resumen, las ventajas fiscales del renting para particulares son inexistentes.
Deducción del renting para autónomos
En el caso de trabajadores por cuenta propia la cuestión es diferente. Los autónomos sí pueden incluir el renting como gasto deducible en el IRPF.
Para poder practicar la deducción de renting como autónomo el arrendamiento deberá estar afecto a la actividad. Dicho de otra forma, habrá que justificar que el coche se usa para trabajar y no para cuestiones personales. Básicamente habrá que demostrar que el coche es una inversión necesaria para la actividad empresarial. Esto mismo se aplicará a cualquier otro elemento en formato de renting.
Al final, esto es precisamente lo que ocurre con todos los gastos que se pueden imputar como tales a la hora de hacer la declaración de la renta como autónomo o el Impuesto sobre Sociedades en el caso de las compañías.
El renting en el Impuesto de Sociedades
Los contratos de renting para las empresas funcionan exactamente igual que para un autónomo. Esto quiere decir que la empresa podrá imputar como gasto dedicible lo que paga por alquilar sus vehículos o maquinaria, por ejemplo.
El renting como retribución en especie tiene un tratamiento especial.
El IVA en el renting
Como ya hemos comentado muchas veces, una cosa son el IRPF y el IS y otra el IVA. ¿Cómo es la fiscalidad del renting en términos del Impuesto sobre el IVA?. Por fortuna la respuesta es sencilla: la cuota mensual es 100% deducible siempre que el vehículo esté afecto a la actividad económica.
Es más fácil que Hacienda considere afecto a la actividad un coche de renting que uno comprado. El motivo es que el renting está pensado para autónomos y empresas. Esto no quiere decir que no pueda investigar. En caso de duda, existe una presunción de afectación del 50%. Dicho de otra forma, la mayoría de inspectores te dejarán imputar la mitad de los gastos para la deducción del IVA del renting de vehículos.
Aquí puedes ampliar información sobre: gastos deducibles en la declaración trimestral de IVA
El tipo de IVA del renting será por norma el IVA general del 21% aunque en realidad dependerá del tipo de bien alquilado. Si se alquila un bien exento de IVA o uno que aplique otro tipo de IVA; este será el que se incluya la factura de renting.
Ventajas del renting
El renting cuenta con cinco ventajas concretas:
- Te olvidas de los gastos del vehículo. La primera es la de olvidarse del mantenimiento del vehículo y todos los gastos que esto conlleva. Revisiones ITV y demás trámites correrán a cargo de la empresa de renting.
- Flexibilidad financiera. Al margen de no tener que preocuparse del vehículo, la gran ventaja del renting para la empresa es que el bien alquilado no se registra en el inmovilizado de la compañía, ya que no puede considerarse como una inversión. A efectos prácticos esto permite mucha más libertad de movimientos en términos de liquidez, para la empresa.
- Puedes deducir el renting en IRPF e IVA. La tercera ventaja es la fiscalidad del renting que acabamos de ver. Poder imputar el gasto como autónomo es un avance respecto a tener vehículo propio. Y es que gracias al renting pagarás menos impuestos al hacer la renta y presentar el IVA trimestral.
- Evitas costosas inversiones iniciales. La cuarta tiene que ver también con la flexibilidad financiera. Gracias al renting se pueden evitar los grandes desembolsos económicos que siempre implica el adquirir material inmovilizado. Un coche, un ordenador, un móvil, maquinaria pesada… Todo cuesta mucho dinero que hay que poner de golpe o financiar. Con el renting ya no es necesario.
- Estarás siempre a la última. Por último, al no comprar el bien, puedes renovarlo y tener la última versión cada poco tiempo sin tener que comprarlo. Esto puede ser muy útil para coches o tecnología, elementos que pierden valor rápidamente. Imagina el caso de un móvil que a los dos años estará obsoleto después de invertir en él 800 euros. Ahora piensa si no sería mejor pagar 50 euros al mes y poder cambiar de móvil al año.
Desventajas del renting
El inconveniente del renting es que al final el coche no será tuyo. Cuando finalice el tiempo de arrendamiento habrá que devolver el coche o el bien alquilado. En el caso de los autónomos que hacen un uso mixto esto puede suponer un problema.
Si quieres guardarte la opción de compra, siempre puedes recurrir al leasing.
Cuándo le compensa el renting a un autónomo
Esta es la pregunta del millón para el trabajador por cuenta propia. ¿Merece la pena el renting como autónomo? La verdad es que no hay una única respuesta. Dependerá de cada caso y de factores como los ingresos del autónomo, del bien en concreto que vayamos a alquilar en modo renting y del uso que vayamos a hacer del mismo.
Lo que sí que existen son pautas que te pueden ayudar a decidir. Estas son las más importantes:
- ¿Cuentas con el dinero para pagar al contado o tienes que financiar? Si tienes que pedir un préstamo el coste total puede dispararse. En cualquier caso, todas las casas te pedirán un capital de entrada.
- ¿Sabes cuánto cuesta el mantenimiento del vehículo? Uno de los errores más habituales es enfrentar el coste del renting al precio de compra del vehículo. En un contrato tipo de renting la empresa arrendadora se hará cargo del pago de impuestos (Impuesto de Matriculación y el Impuesto de Circulación) y de otros gastos como ITV o revisiones y cambios de aceite.
- ¿Cada cuánto necesitas cambiar de coche? Siguiendo con el ejemplo del vehículo, si eres de los que come kilómetros en la carrertera, el renting de vehículos te permitirá cambiar de coche cada poco tiempo. Así te aseguras que siempre llevas un modelo nuevo, que es más difícil que sufra alguna avería.
- ¿Vas a querer quedarte con el coche? Si es así, deberías pensar en un contrato de Leasing (alquiler con opción a compra) frente a uno de renting.
A modo de ejemplo práctico de renting frente a compra vamos a hacer números con el Peugeot 308 uno de los coches más demandados por empresas. Esto es lo que pasaría si optamos por Renting, lo compramos en metálico u optamos por financiarlo.
- Renting a cuatro años. Ahora mismo es posible tener un Peugeot 308 5p Business Line BlueHDi 100CV por 285 euros al mes IVA incluido sin entrada. Para hacerte una idea de cómo es un contrato de renting, el límite de kilómetros es de 60.000 al año y el precio incluye asistencia 24 horas, gestión de multas ITV (si el coche es nuevo no habrá que pasarla), mantenimiento, neumáticos y cambio de neumáticos y un seguro a todo riesgo. Al final del periodo de 4 años el desembolso habrá sido de 13.680 euros.
- Comprar el coche al contado. Este modelo tiene un precio de salida de 21.300 euros a los que habrá que sumar los 400 euros del seguro de coche cada año, el coste de la ITV, revisiones y cambios de aceite y cambio de neumátios.
- Comprar el coche financiado. En este caso pagaríamos una entrada de 7.000 euros y financiaríamos el resto a 48 meses con un tipo del 5% más que asumible. Al final habríamos pagado 23.534,08 euros por el coche. Además, también seguiríamos sumando el precio del seguro, mantenimiento….
¿Compensa el renting de vehículos? Depende primero de si eres o no autónomo y podrás deducirlo y después del uso que hagas de él. Al final, los números pueden decirte una cosa pero tus circunstancias otra.
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