Cada año en enero empresarios y profesionales deben rendir cuentas a Hacienda en términos de IVA. Es el momento de liquidar el IVA del cuarto trimestre y de presentar la declaración anual de IVA a través del Modelo 390. Te explicamos todo lo que necesitas saber al respecto.
Si eres empresario, autónomo o simplemente freelance, enero es un mes lleno de compromisos con la Agencia Tributaria por las declaraciones informativas. El comienzo del año marca, además, la obligación de liquidar el IVA relativo al último trimestre del ejercicio anterior y de realizar la declaración anual de IVA, que tiene carácter informativo y se presenta a través del Modelo 390.
Qué es el Modelo 390
El Modelo 390 de la AEAT recoge los movimientos en términos de IVA devengado e IVA repercutido de todo el ejercicio anterior, en este caso 2017, y sirve para que Hacienda tenga un resumen de lo que ha ingresado y dejado de ingresar el empresario y profesional. Además, también es una buena fórmula para que el propio autónomo haga cuenta sobre su actividad en el ejercicio.
En este sentido, el Modelo 390 de Hacienda puede servir como resumen de lo ingresado en el año y de los costes principales de la actividad. Así podrás hacer un balance rápido de tu negocio, aunque sea obligado por la AEAT. Recuerda en cualquier caso que siempre pueden existir elementos que desgravan en el Impuesto sobre Sociedades o que simplemente son un gasto para la empresa pero que no se pueden desgravar a efectos de IVA. A esto hay que añadir servicios y productos que, como los seguros, no incluyen IVA
Quien debe presentar el Modelo 390 de IVA
El Modelo 390 es obligatorio para todos los sujetos pasivos de IVA que tengan la obligación de presentar autoliquidaciones periódicas de IVA. Dicho de otra forma, si estás obligado a presentar el Modelo 303 de autoliquidación de IVA cada tres meses, también lo estarás de rellenar el 390.
Por el contrario, no estarán obligados a presentar la declaración anual de IVA quienes realicen autoliquidaciones no periódicas. Esto se aplicaría, por ejemplo, al autónomo esporádico o a los negocios y profesionales que trabajan sin IVA:
Además, en el ejercicio se incluyen otras dos excepciones:
- Quienes realicen actividades que tributen en el régimen simplificado de IVA.
- Quienes alquilen inmuebles urbanos, ya que esta actividad no incluye IVA cuando el alquiler es para vivienda –aquí puedes verlo todo sobre el IVA en vivienda-.
Estos dos perfiles no tendrán que presentar el Modelo 390 de IVA en enero. Para el resto, será obligatorio y una de las citas anuales ineludibles con Hacienda.
Conviene recordar que los sujetos pasivos acogidos a la declaración conjunta deberán presentar esta declaración de resumen anual por separado. Dicho de otra forma, si es el marido quien factura será él quien presente el IVA y no la mujer y viceversa. Del mismo modo, si ambos realizan actividades por cuenta propia, cada uno deberá entregar en la Agencia Tributaria su modelo 390.
Plazos para presentar la declaración anual de IVA
Plazos para presentar la declaración anual de IVA
El plazo para presentar el Modelo 390 comienza el 1 de enero y termina el 30 de enero, como con cualquier otra liquidación trimestral de IVA. En realidad, la ley marca como periodo para cumplir con esta obligación los 30 primeros días naturales del año siguiente al que se refiere la declaración.
Si el último día coincidiese con un día inhábil –por ejemplo, un domingo- se trasladaría al siguiente día hábil.
Cómo rellenar el Modelo 390
El primer paso para rellanar es descargar el programa de ayuda -puedes hacerlo a través de este enalce-e instalarlo. Como siempre, bájate la última versión, ya que las primeras versiones suelen contener errores, como ha sido el caso con el Modelo 390 para el ejercicio 2014. Con la última actualización se han solucionado algunos problemas que presentaba la herramienta y ya puede presentarse sin problemas..
Rellenar el Modelo 390 de IVA es más sencillo de lo que pueda parecer y sólo habrá que ir consignando los datos que ya tenemos de las declaraciones trimestrales o mensuales de IVA, según sea el caso. Además, desde la AEAT incluyen un manual de ayuda con las instrucciones del Modelo 390. Dentro del mismo figuran los elementos que hay que poner en cada casilla, incluida la casilla 99 del modelo 390, y el propio programa dispone de un módulo de ayuda que te guiará paso a paso en el proceso.
De todas formas, si tienes dudas al respecto, pregúntanos dejando un comentario y trataremos de solventarlas.
Antiguamente Hacienda permitía imprimir el Modelo 390 de IVA y rellenarlo, pero ahora mismo todo el proceso se realiza de forma telemática a través del programa de la Agencia Tributaria. Allí irás poniendo tus datos y después, al final, sí se generará uno modelo 390 en pdf que será lo que puedes guardar. Este es el modelo 390 para imprimir, el que puedes conservar en formato papel si así lo deseas, pero a la hora de cumplir, deberás usar el Modelo 390 para rellenar directamente en la web.
La única excepción en este punto la marca el uso del SMS, donde sí se generará un pdf del Modelo 390 que se podrá entregar en cualquier entidad colaboradora o en las oficinas de Hacienda.
Pasos para rellenar el Modelo 390
Con estas ideas claras, vamos a ver los apartados del resumen anual de IVA y qué hay que poner en cada uno de ellos. Antes, asegúrate de tener a mano las declaraciones de IVA trimestrales de todo el año, que te servirán como guía.
Además, debes tener claros los tipos de IVA que se aplican a cada operación, el origen del IVA y saber identificar los gastos corrientes de los bienes de inversión. En este sentido, no todo el IVA que pagas se considera gasto y no todo tiene la misma consideración. Con un gasto corriente el IVA se imputará entero, con un bien de inversión, que son los que permanecerán más de un año con la empresa, no.
Los apartados del modelo 390 de IVA son los siguientes:
1- Datos indentificativos del sujeto pasivo de IVA
En otras palabras, los datos de la persona que declara, sea autónomo o sociedad. Es lo que Hacienda denomina sujeto pasivo de IVA. Aquí también deberás indicar si forma parte de alguno de los grupos excluidos de presentar IVA.
2- Devengo
En este apartado debes poner la cifra de cada uno de los trimestres del año, que juntos te darán las de todo el ejercicio. Además, debes indicar si se trata o no de una declaración sustitutiva. En caso de que sea así, tendrás que aportar el número de referencia de la declaración a la que sustituye.
3- Datos estadísticos
Este apartado se reserva para listar las actividades por las que se declara. En otras palabras, La clave y epígrafe del IAE de tu negocio.
A la hora de ordenarlas, debes hacerlo en función de su importancia. Esta importancia vendrá determinada por el volumen de facturación. Es decir, si realizas varias actividades, primero deberás poner con las que mayor volumen de operaciones tengas.
4- Datos del representante
Si alguien va a presentar el modelo 390 por ti, deberá poner aquí sus datos.
5- IVA devengado
Entramos ya en la parte numérica del resumen de IVA modelo 390.Aquí debes consignar el IVA devengado, que se refiere a tus ingresos, es decir, a lo que has cobrado en IVA. Debes diferenciar el IVA según el tipo de operación realizada en el Régimen general y el tipo de IVA que se aplica en cada una de ellas.
El propio documento de Hacienda diferencia los tipos de IVA para que puedas agrupar tus ingresos.
6- IVA deducible
Igual que has indicado el IVA que ingresas, en este apartado deberás poner el IVA que has pagado y que además sea IVA deducible. De nuevo, Hacienda agrupa el IVA por tipo de operación y tipo de IVA que has tenido que soportar.
7- Resultado de la liquidación anual
Este apartado es el resumen de todas tus declaraciones trimestrales de IVA, es donde se ve el resultado total del modelo 390. Este apartado sólo hay que rellenarlo si tributas a través de la Administración del Estado. En otras palabras, si tributas también en Navarra o País Vasco deberás dejarlo en blanco.
8- Tributación por razón de Administración
Aquí es donde las personas que tributen en varias administraciones pondrán el resultado. Es decir, si tributas al mismo tiempo para la Administración del Estado, Navarra o País Vasco deberás rellenar este apartado.
Cómo presentar el Modelo 390
Con toda la documentación en regla, llega el momento de presentar el Modelo 390, algo que puede y debe hacerse de forma telemática a través de la página web de la AEAT e incluso mediante SMS.
Presentación con certificado o DNI Electrónico
La presentación con certificado o DNI electrónico está disponible a través de la página de la Agencia Tributaria y de su sede electrónica. Se podrá utilizar el programa de ayuda de la AEAT para el modelo 390 o, tras generar el fichero XML, dirigirse a la opción «Presentaciones (mediante fichero), «Presentación 2015«, disponible en la página de trámites del 390 en la Sede Electrónica.
En cualquiera de los casos la ficha del Modelo 390 incluye las instrucciones sobre como rellenar la declaración y las vías para la presentación de la misma.
Presentación con el Cl@ave PIN
El sistema Clave, el antiguo Pin24H, permite a cualquier persona no obligada a utilizar la firma electrónica avanzada acceder a la página de la AEAT o a su Sede Electrónica, solicitar un nuevo PIN y proceder a la presentación del Modelo 390. Si no estás dado de alta en el sistema, puedes solicitarlo en la página de la AEAT o en cualquier oficina de registro y en poco tiempo dispondrás de tu clave para poder presentar el modelo 390 y realizar casi cualquier trámite con Hacienda.
De nuevo, se puede realizar la presentación directamente desde el programa de ayuda o, tras generar el fichero XML, desde la opción «Presentaciones (mediante fichero)«, «Presentación 2015«, disponible en la página de trámites del 390 en la Sede Electrónica.
Presentar por SMS
Esta es la última novedad. La AEAT explica el proceso a través de este vídeo.
Mediante la opción de «Predeclaración», los profesionales que no estén obligados a utilizar firma electrónica avanzada, podrán declarar usando el servicio de preimpresión y, una vez obtenido el número de identificación de la misma, confirmarla mediante el envío un SMS. Como hemos indicado anteriormente, en este caso se generará un pdf del Modelo 390 que se podrá llevar al banco o a la AEAT.
Olvídate del modelo 390 en papel
Conviene recordar que ya no existe la posibilidad de presentar el Modelo 390 en papel en las oficinas bancarias como venía haciéndose en ejercicios pasados salvo para la opción de SMS. Precisamente por eso la AEAT mejoró el sistema de presentación telemática y el programa de ayuda dentro del portal de «Declaraciones Informativas 2014» que se extenderá a las declaraciones informativas de 2015 y que también tendremos disponible en 2016, disponible en este enlace.
Si necesitas un poco más de información sobre qué gastos sí y qué gastos no puedes incluir en tus declaraciones de IVA, en este post te lo explicamos todo. Recuerda que el Modelo 390 viene con sus propias instrucciones pero que no te dirá qué gastos puedes computar como IVA desgravable y cuáles no. Como norma general, incluye sólo aquellos relacionados con tu actividad profesional.
Además, recuerda que el IVA del Modelo 390 es un resumen de las tres declaraciones trimestrales anteriores más los datos de la cuarta. En este sentido, sólo tendrás que sumar los datos de los modelos 303 de los primeros trimestres y consignar los del cuarto, el que va de octubre a diciembre.
Otras citas de enero
La presentación del modelo 390 de IVA es sólo uno de los trámites que empresas y autónomos deben acometer en enero. A este hay que sumar otros como rellenar el modelo 347 de Operaciones con terceras personas, el modelo 145 de retenciones a cuenta del IRPF que toda compañía debe enviar a sus trabajadores o el Modelo 190 de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, por ejemplo.
En el Calendario del autónomo para 2016 reunimos todas las citas del trabajador por cuenta propia con Hacienda y el modelo de la Agencia Tributaria con el que cumplir con ellas. Apúntatelas y no dejes pasar una.
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