El IVA en el e-commerce: ¿Qué tipos hay que aplicar al vender al extranjero?

El IVA en el e-commerce al vender a otros países de la Unión Europea cambia y en 2015 será necesario facturar con el IVA del país de destino. Descubre a qué productos y servicios afecta y cómo aplicarla.

Los cambios en la normativa de IVA sobre el e-Commerce están trayendo de cabeza a muchas pymes españolas y a muchas tiendas online que tratan de adaptarse a la nueva Ley. Y es que desde el 1 de enero el IVA que se aplica sobre los productos y servicios digitales vendidos al consumidor final deberá ser el del país de destino, donde esté radicado el comprador. Es decir, que si vendemos un ebook o prestamos un servicio de e-commerce a un usuario en Francia, deberemos aplicar el IVA francés, lo mismo que su vendemos a un cliente italiano, en cuyo caso el IVA será el transalpino –si quieres saber qué IVA aplicar en cada país de la UE, aquí te lo contamos-.

El nuevo IVA en el eCommerce

Hasta ahora, se podía aplicar el IVA nacional, en este caso el 21% español, hasta alcanzar una determinada cifra de negocio que varía en cada país y que resume la siguiente tabla.

País de destino    Límite 
Alemania 100 €
Austria 35.000 €
Bélgica 35.000 €
Bulgaria 70.000 lev búlgado (BGN)
Chipre 35.000 €
Croacia 35.000 €
Dinamarca 280.000 coronas danesas (DKK)
Eslovaquia 35.000 €
Eslovenia 35.000 €
España 35.000 €
Estonia 35.000 €
Finlandia 35.000 €
Francia 100.000 €
Grecia 35.000 €
Hungría 35.000 €
Irlanda 35.000 €
Italia 35.000 €
Letonia 35.000 €
Lituania 125.000 Litas (LTL)
Luxemburgo 100.000 €
Malta 35.000 €
Países Bajos 35.000 €
Polonia 160.000 zolty(PLN)
Portugal 35.000 €
Reino Unido 70.000 libras (GBP)
República Checa 1.140.000 coronas checas (CZK)
Rumanía 118.000 leu rumano (RON)
Suecia 320.000 coronas suecas (SEK)

Dicho de otra forma, ese era el límite de facturación para seguir aplicando el IVA del país de origen en función del destino y que sigue vigente para otras transacciones no relacionadas con el e-Commerce. Aquí puedes consultar directamente de la UE la directiva comunitaria de IVA.

Los servicios con el nuevo IVA

Ahora que ya sabes qué IVA se aplica en el e-Commerce con otros países de la UE, es necesario aclarar sobre qué productos y servicios se aplica. En este sentido, lo primero es tener claro que la normativa se refiere SÓLO al e-commerce y afecta tanto a servicios como a productos pero no afectaría a los productos físicos, que se rigen por el modelo tradicional de IVA y los límites que aparecen en la tabla anterior.

La obligación de facturar con el IVA del país de destino se aplicará a productos como los ebook, la música o los servicios relacionados con el software. De hecho, los eBook son uno de los grandes responsables de la creación de esta normativa, que en España ya cristalizó con una subida del tipo de IVA a aplicar a los libros electrónicos del 21% frente al reducido que se aplicaba anteriormente.

Como explica Juan Macías en su blog, el problema es que pese a esa subida del IVA en los libros electrónicos, algunas empresas como Amazon seguían escudándose en su sede luxemburguesa para aplicar el IVA de ese país, uno de los más bajos de la UE. La respuesta comunitaria ha sido tan contundente como presentar este nuevo modelo de IVA sobre el e-Commerce. Apps, juevos, o hosting se verán afectados como víctimas colaterales.

Cómo funciona el IVA en e-Commerce

Ya conoces las bases del nuevo IVA y la obligación de facturar con el IVA del país donde reside el usuario final, pero esta no es la única novedad de la normativa, que está recogida en este enlace la propia CE.

A efectos prácticos, esto supone que habrá que adaptar la factura a cada país y, sobre todo, la forma de facturar. La normativa obliga a una doble idenficación por dos medios de la residencia del comprador. Esto puede lograrse, por ejemplo, a través de la dirección física, la dirección IP, el país emisor de la tarjeta o el código SIM si la compra es a través de móvil. En cualquier caso, supone un problema adicional para las empresas.

Además, será necesario guardar las evidencias de identificación durante 10 años. Es decir, que durante una década habrá que conservar los datos que sirvieron  para determinar dónde residía el usuario que compró el producto. Imaginemos la información que esto puede suponer para una empresa que vende apps y logra una con millones de descargas.

¿Y la venta entre empresas?

Pero toda la normativa referente al nuevo IVA se limita a transacciones con particulares. En el caso de las empresas de la UE no se aplicará esta normativa, ya que gracias a lo que se conoce como inversión del sujeto pasivo no tendrán que pagar IVA o pagarán un 0%. 

La cosa cambia cuando la empresa no está dentro de la UE, en cuyo caso sí habrá que aplicar el IVA de destino.

Conscientes de lo enfarrafoso del nuevo IVA sobre e-Commerce, la UE ha creado un organismo denominado Mini-One-Stop Shop o MOSS (PDF),en cada país donde registrarse y que está disponible en este enlace en el caso español. Dentro del mismo podremos cargar facturas y resolver cualquier duda.

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