Deducción por vivienda en el matrimonio

La deducción por vivienda habitual sigue siendo motivo de dudas por parte de nuestros usuarios. En este caso nos preguntan como debe incluirse la hipoteca en el IRPF en el caso de los matrimonios y cuáles son sus opciones. Os las explicamos.

La declaración de la renta en el matrimonio ofrece alternativas que no se pueden encontrar en las declaraciones individuales. La primera y más repetida es si hacer la declaración de la renta conjunta o individual. Y es que estar casado no obliga, ni mucho menos, a afrontar el IRPF como pareja y cada uno de los cónyuges puede optar por presentar su propia declaración de la renta. Ana nos plantea la siguiente cuestión sobre la deducción por vivienda en el matrimonio:

«Somos un matrimonio con hipoteca. Nos gustaría saber si el total de lo ya amortizado mes a mes se computa para los dos el total o se divide entre dos a la hora de calcular la deducción del 15%. No sabemos cuanto tenemos que amortizar para que nos devuelva hacienda bastante. La declaración la hacemos conjunta».

Para responder a su pregunta veamos las alternativas para practicar la deducción por vivienda en el matrimonio y sus ventajas e inconvenientes. Estas son hacer la declaración conjunta o de forma individual cada uno de los miembros de la pareja.

Declaración conjunta

Al optar por la declaración conjunta se sumarían los ingresos de ambos cónyuges y harían la declaración de renta como una unidad familiar aplicando algunas bonificaciones. En el caso de la hipoteca en la declaración conjunta, deberán sumar las cuotas de la hipoteca junto con el dinero de los seguros de vida y otros productos que fueron necesarios para contratar el préstamo hipotecario para dar con la base sobre la que desgravar por vivienda. El límite máximo sobre el que aplicar la deducción será de 9.015 euros pero sólo si su base imponible no supera los 17.000 euros. En caso de hacerlo, esta cantidad se irá reduciendo de forma progresiva hasta llegar a cero en los 24.000 euros. Lo que no varía en ningún caso es el porcentaje a deducir, que será del 15% sobre las cantidades aportadas.

Es decir, que en el mejor de los casos podrán deducir un 15% sobre 9.015 euros, lo que les deja con una deducción por vivienda de 1.350 euros.  Por poner un ejemplo práctico, si Ana y su pareja han aportado 18.000 euros a la vivienda habitual sólo podrán deducir por 9.015 euros (no se está teniendo en cuenta cual sería su base imponible)

Declaración individual

Veamos ahora como se aplicaría la deducción por vivienda en el matrimonio en caso de optar por hacerla de forma individual y cuál sería el resultado. Los límites de la deducción se mantienen intactos. Es decir, se podrá deducir un 15% sobre una base máxima de 9.015 euros siempre que la base imponible no supere los 17.000 euros. Lo que cambia es el cálculo de estas cantidades y que en la declaración individual cada uno de los cónyuges puede practicar esa deducción.

Para dar con la base sobre la que se podrá practicar la deducción también habrá que sumar las cuotas de la hipoteca y los seguros, pero en este caso esa cantidad deberá dividirse entre dos. Esta será la cifra sobre la que cada cónyuge podrá deducir. Siguiendo con el ejemplo anterior, si Ana y su marido han aportado 18.000 euros este año, cada uno podrá deducir sobre 9.000 euros (de nuevo, no se está teniendo en cuenta cual sería su base imponible). A efectos prácticos, supone deducir el doble que en la modalidad conjunta.

Como resumen, podemos decir que a la hora de desgravar por vivienda en el matrimonio la opción individual es más beneficiosa que la conjunta.

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